ACTA Nº 14-2005
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del ocho de febrero del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Fallas Madrigal y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Se dispone: El Tribunal le da la más cordial bienvenida a los Magistrados Ovelio Rodríguez Chaverri y Juan Antonio Casafont Odor a quienes la Corte Suprema de Justicia nombró para formar un Tribunal de cinco miembros, conforme al artículo 100 de la Constitución Política. Elevamos una plegaria a Dios para que nos de a todos la sabiduría, la prudencia y la firmeza necesarias para llevar adelante y con todo éxito este difícil proceso electoral.
b) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Se conoce notificación de resolución del Juzgado de Trabajo, II Circuito Judicial de San José, de las 8:24 horas del 21 de enero del año en curso, dictada dentro de la Demanda Laboral planteada por Alexis Barboza Ortega y otros, según la cual se da traslado por el plazo de nueve días a el Tribunal Supremo de Elecciones en la persona de quien resulte ser su representante, para que la conteste por escrito en los términos que se indican.
Se dispone: Tomar nota. Proceda el señor Presidente de este Tribunal a contestar por escrito la acción planteada. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones el Magistrado Sobrado González.
b) Del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González se conoce nota del 8 de febrero del 2005, mediante la cual solicita se le autorice a disfrutar a título de vacaciones el próximo viernes 11 de febrero.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
El Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.
Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Fallas Madrigal.
c) De la señora Magistrada Olga Nidia Fallas Madrigal se conoce nota del 7 de febrero del 2005, mediante la cual solicita se autorice a la Contaduría institucional para que pueda pagar con cargo a la caja chica, los gastos que por concepto de alimentación (almuerzo) se le brinde en la soda institucional al funcionario especializado en seguridad personal de la Oficina de Seguridad Nacional que se le ha asignado.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.
La señora Magistrada Fallas Madrigal reingresa al Salón de Sesiones.
d) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 0477-TSE-2005 del 2 de febrero del 2005, mediante el cual rinde el informe que se había requerido, en relación con la entrega de hojas de adhesión del Partido Organización Laborista de Aguirre, precisando las explicaciones correspondientes.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, el cual se hará del conocimiento del señor Oscar Monge Maykall. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº 492-2004 C.G.I. del 17 de noviembre del 2004, al que adjunta copia del acta de la reunión extraordinaria Nº 37-2004-CGI celebrada el 9 de ese mismo mes, en cuyo artículo segundo se analizó y discutió el Estudio de Factibilidad de Plan Piloto de Voto Electrónico para las elecciones del 2006, elaborado por la Oficina de Proyectos Tecnológicos, del cual también se adjuntó copia, y del que se transcriben las conclusiones y recomendaciones, así como lo acordado sobre el tema por dicho Comité, a saber:
“6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
6.1 Conclusiones
De lo expuesto durante el desarrollo del presente estudio, se presentan las siguientes conclusiones:
1. La estabilidad política de Costa Rica ha contribuido al desarrollo y perfeccionamiento de nuestro proceso electoral, en términos de ser un mecanismo de fácil uso para el elector, seguro y confiable, -aspectos que han sido reconocidos a nivel mundial-, no obstante, el crecimiento demográfico del país de las últimas décadas ha repercutido de forma directa en el aumento del padrón electoral, situación que ha provocado que los procesos logísticos desarrollados por el Tribunal Supremo de Elecciones, para dar efectividad al sufragio, elección tras elección, sean cada vez más costosos.
2. A pesar de la lentitud en el proceso de cierre de mesas y escrutinio y el costo que implica usar sistemas manuales que progresivamente desaparecen, la realización de las elecciones mediante dichos procesos siguen (sic) siendo “seguros”. La repetición de las técnicas utilizadas, han (sic) demostrado a la ciudadanía visualizar claramente el mismo y establecer grados de confiabilidad razonables. Sin embargo, el desarrollo de la tecnología y en especial de la informática ha vuelto accesible la automatización del proceso electoral, lo que representa un escalón en este proceso, que se da en todos los niveles de la actividad humana y que sirve de base tecnológica para que eventualmente en futuros comicios pueda votarse en cualquier lugar del territorio nacional.
3. Los sistemas de votación pueden ser electrónicos, integrados o parcialmente electrónicos. Pueden abarcar desde el registro, la preparación de la elección, la emisión del sufragio, el escrutinio hasta la transmisión de datos y resultados finales, o sólo parte del proceso, como en el caso en estudio donde se analiza el acto de votar (emisión) y el escrutinio.
4. En julio del 1996, el TSE inició los estudios dirigidos a la implementación del voto electrónico en Costa Rica, producto de dicho análisis en diciembre del 2002, se realiza un primer plan piloto de votación utilizando la modalidad electrónica, aplicables en las elecciones de Alcaldes, Síndicos y Consejos de Distritos, celebradas a nivel nacional, experiencia que se consideró prometedora, lo que generó que los estudios continuaran, enfocados a implementar un nuevo ensayo para las Elecciones Presidenciales del 2006.
5. Mediante oficio Nº A.J.180-2003 del 14 julio del 2003, el Lic. Hugo Picado León, Asesor Jurídico, se pronunció sobre la viabilidad legal de implementar un mecanismo electrónico de votación en las elecciones del 2006, siempre que se garantice, la seguridad, confiabilidad del voto, así como que el dispositivo a utilizar sea de fácil uso para el elector, además de valorar si la reglamentación existente es suficiente o bien, la necesidad de crear nueva normativa que amplíe la materia regulada, a partir del artículo Nº 104 del Código Electoral que textualmente indica:
“Se votará mediante papeletas separadas para cada elección. Al imprimirlas el Registro Civil ordenará la separación necesaria. No obstante, el Tribunal podrá emplear medios electrónicos de votación, cuando disponga de instrumentos confiables y seguros. Entonces, podrá prescindir de las papeletas y los procedimientos inherentes a su uso.”
6. Los estudios han demostrado que por organización y logística de los comicios, el costo que represente y el impacto cultural que le significa al elector el uso de esta tecnología, el porcentaje más adecuado para desarrollar el proyecto es el 50% del padrón electoral.
7. Con respecto a implementar el proyecto con la tecnología (hardware y software), utilizada en Brasil, a través, del préstamo de equipo mediante la firma de un Convenio Internacional con la Organización de Estado Americanos (OEA) y los Estados Unidos de Brasil, se puede indicar:
8. Es un mecanismo que ha sido probado desde 1996 en los comicios brasileños con gran éxito y aceptación por el electorado de ese país, producto de su éxito en lo referente a seguridad, confiabilidad y accesibilidad para el votante, el mismo ha sido utilizado por otras naciones como Paraguay, en las elecciones del 2001 (2% del padrón electoral), en el 2003 (47% de su electorado) y próximamente en las votaciones del 2005 en un 100%, además ha sido solicitado por países como: Japón, Turquía, Ecuador, Argentina, entre otros.
9. La Organización de Estados Americanos (OEA), como organización que busca entre sus objetivos la consolidación y modernización de los procesos democráticos de los pueblos, ha suscrito con la República Federativa de Brasil, un acuerdo de cooperación técnica tendiente a realizar votaciones utilizando este dispositivo electrónico en los estados miembros que así lo soliciten, garantizando con ello la utilización del hardware y software.
10. La urna electrónica es un microcomputador para uso electoral que solo sirve para ese fin, está compuesto por hardware y software que no es conectado a ningún tipo de red, ambos propiedad del Tribunal Electoral de Brasil. Con respecto al primero posee un diseño sencillo, fácil de utilizar y robusto, puede operar en diferentes ambientes, con independencia energética hasta por 12 horas, cómodo de almacenar y de transportar, debido a su poco peso, requiere un mantenimiento mínimo y tiene un sistema de cableado sencillo. El segundo, la justicia electoral brasileña modifica el mismo (sin costo alguno) a las características y condiciones del país que solicite utilizar este dispositivo, -previo convenio-.
11. La introducción y uso de este dispositivo, puede considerarse como un obstáculo entre el votante y la urna, lo cual puede originar una resistencia natural al cambio, por ello, debe ser acompañado de un esfuerzo educativo a gran escala, donde la información, sensibilización y capacitación dirigida al votante, va a ser un factor decisivo en el éxito (aceptación) o fracaso (rechazo) de este mecanismo de votación por parte del electorado, es decir, no se trata de probar si el sistema funciona, sino qué grado de aceptación tiene entre la ciudadanía y los demás actores políticos.
12. Al inicio del proceso electoral, la urna electrónica debe emitir un documento inicial que indique que la máquina no tiene registro alguno antes de comenzar la votación, denominado acta de inicio.
13. La utilización de la urna electrónica supone que el TSE, cuente con personal capacitado adecuadamente para la tarea, es decir, que dicho personal tenga un entrenamiento mínimo en la utilización de esos equipos.
14. Si la información, sensibilización y capacitación, suministrada al votante fue adecuada, la utilización de este dispositivo, supone una reducción del tiempo para emitir el sufragio, en relación con la manipulación de papeletas del método tradicional.
15. Los equipos disponen de los medios necesarios, para que la población con algún grado de limitaciones físicas pueda ejercer su voto sin la asistencia de un tercero.
16. El escrutinio se realiza de forma electrónica. Al votar el ciudadano, el sistema registra (de forma inmediata) en su memoria, la opción de voto realizado, lo que permite que al finalizar el período de votación, se emita un acta de cierre con los resultados de la junta correspondiente.
17. El uso de esta tecnología no permite la doble selección, elimina el voto nulo que se da por error y permite el voto en blanco, que sigue siendo una opción política prevista en la ley, suponiendo una mayor eficacia en la emisión del voto.
18. La votación electrónica no propone cambios en la documentación base de los comicios, como son las actas de apertura y cierre.
19. El proceso de transmisión de datos se realiza de manera más rápida, -con un margen de error mínimo-, tras la compilación de los resultados provenientes de diskettes (sic) o tarjetas de memorias, en comparación con el proceso tradicional, en donde primero debe realizarse el cierre de mesa, la transcripción de los resultados en un acta y luego se deben digitar los resultados transcritos en las actas, -con un margen de error humano por el proceso de digitación-.
20. En caso de falla (hardware) de alguna urna electrónica, el sistema cuenta con los dispositivos necesarios, para recuperar la información.
21. La utilización de este mecanismo en el caso de Costa Rica, permite una mayor distribución de electores por mesa, aumentando hasta seiscientos electores por junta de votación, contra los cuatrocientos votantes en el sistema tradicional, aspecto que diminuye las mesas de votación, repercutiendo sin duda en los procesos logísticos y por ende en las finanzas de la Institución, en la logística y en la designación de personal, así como la reducción de costos de los partidos políticos. Además facilita la fluidez del trabajo de los miembros de las mismas.
22. En el caso que nos ocupa, es posible concebir un proyecto que mejore de manera sostenible el proceso de votación actual, conservando sus bondades y agregando el factor tecnológico en la emisión del sufragio y en el escrutinio de votos a fin de garantizar aún más su confiabilidad, agilidad y eficiencia. Sin embargo, el factor de la “seguridad informática”, será un aspecto de continuo debate, no obstante, que el dispositivo en estudio, -según el análisis técnico realizado y a pesar de haber sido probado en múltiples procesos a nivel internacional- cuenta con los sistemas que garantizan un margen de seguridad razonable.
23. Los equipos brasileños fueron desarrollados para un ambiente y condiciones específicas, de implementarse en nuestro medio, los mismos deben adecuarse a nuestra realidad e idiosincrasia nacional.
24. Sobre el plan piloto desarrollado por el TSE, en relación con el software y hardware utilizado, se puede indicar:
Con respecto al primero, cumplió con las expectativas planteadas en términos de seguridad, eficiencia y eficacia, pues permitió el escrutinio automático de los votos y que el elector emitiera el sufragio de manera electrónica.
Sin embargo, con respeto al segundo, el equipo utilizado fue un dispositivo estándar, y no una máquina diseñada exclusivamente para la emisión del voto, aspecto que plantea la problemática de su uso en grandes coberturas, pues el costo por equipo (cpu, monitor, teclado, mouse, parlantes y ups), son considerables, a lo que se suma la inversión en proceso de logística, en especial en lo que se refiere a transportes y almacenaje de los dispositivos, ya que, por equipo, se deben considerar cuatro cajas.
25. Adicional a lo indicado, se tiene el problema de energía, que de faltar ésta en una votación, se debe disponer de una UPS la cual debe soportar al menos doce horas en lugares donde no se cuente con una adecuada infraestructura eléctrica, de no contar con ello, el respaldo debe ser aún mayor, toda vez que el tiempo de votación tiene un período de doce horas, más el tiempo utilizado para que se impriman las actas de cierre, lo que implica adquirir un equipo adicional de este tipo.
26. Referente la Tecnología de “Plan Piloto”, conocido como: Sistema Automatizado de Votación y Escrutinio Electrónicos del Tribunal Supremo de Elecciones (SAUVETSE), como ya se ha señalado, al no ser un dispositivo definido de manera exclusiva para este tipo de labor, la inversión en los mismos y de equipos conexos como la UPS, aumentan los costos del proyecto sustancialmente.
27. El DTIC se encuentra realizando investigaciones con miras a robustecer el software de plan piloto a los estándares institucionales con la finalidad de contar con un software propio, adaptable a hardware exclusivo para elecciones.
28. En general el monitoreo y la fiscalización utilizando mecanismos electrónicos de votación y escrutinio, cambia de sentido, en relación con los métodos tradicionales, el control a ejercer deber ser más especializado y técnico, así como ejercerse en todas las etapas del proceso, por consiguiente un sistema de voto electrónico requiere que el proceso en su totalidad antes, durante y a posterior (sic) deba ser fiscalizable con el fin de imposibilitar toda intervención (interna y externa) indebida, con el fin de prevenir la comisión de eventuales delitos “electorales informáticos”, lo que supone la adecuación de la normativa actual y la implementación de unidades administrativas capacitadas adecuadamente para ese fin.
29. Los datos obtenidos producto del análisis financiero, deben ser considerados como información preliminar debido a que son el resultado de estimaciones y proyecciones a partir de datos de referencia, lo que implica que puedan sufrir modificaciones y / o variaciones.
30. El organizar, dirigir y fiscalizar nuestro proceso electoral (antes, durante y expo (sic)) y demás actos relativos al sufragio es relativamente caro para el TSE, con una tendencia creciente según se demostró en los análisis, es decir, que en cada comicio los costos se incrementan, la automatización del proceso, -utilizando ciertos dispositivos-, plantea un ahorro para las finanzas de la Institución, así como la simplificación de algunas actividades y procedimientos que tradicionalmente le han significado al Tribunal el despliegue de acciones logísticas onerosas.
31. Del análisis financiero se desprende que el costo varía según el sistema o máquina que se adopte.
32. En cuanto al sistema brasileño, el suscribir un convenio de cooperación con la OEA, para que a través de este, las autoridades electorales del Brasil, suministren las urnas en calidad de préstamo, le permite al Tribunal, no realizar una inversión inicial, destinada para la adquisición de los equipos, aspectos que disminuyen los costos del proyecto, además por ser un equipo desarrollado exclusivamente para efectos electorales, sus características físicas permiten disminuir costes en actividades como impresión de papeletas, transportes, almacenamientos y escrutinio, entre otras.
33. Un aspecto a negociar con el eventual convenio que se firme con la OEA es el contar con el equipo para las diferentes elecciones del 2006 y eventualmente para las elecciones del 2010, con el propósito de planificar los recursos para la compra del hardware.
34. Es interesante hacer notar que la automatización del proceso electoral, independiente del equipo a utilizar, por tratarse de una experiencia a aplicarse por primera vez en nuestro medio, -en el porcentaje indicado (50%)-, conlleva altos costos en el componente de información, sensibilización y capacitación, aspectos que en futuros procesos electorales será considerablemente menor.
35. Se vive una época de avances tecnológicos, donde los procesos electorales no han escapado a sus efectos, no obstante, esto tiene sentido si contribuyen al bienestar de los sectores que conforman la sociedad.
36. Queda al descubierto un serio desafío que no será fácil de resolver, pero que debemos ineludiblemente aceptar, evitando pegarnos en la obsolescencia de métodos que se ven desplazados, por variables tecnológicas. No obstante, de acceder a la automatización de los comicios, el proceso puede volverse irreversible.
37. Existe un axioma darwiniano que indica: “Todo lo que no se adapta al cambio desaparece”.
6.2 Recomendaciones
En virtud de lo expuesto y las conclusiones anotadas, me permito sugerir lo siguiente:
1. Independiente al dispositivo electrónico a utilizar al momento de automatizar nuestro proceso electoral, se deberá identificar la totalidad de actividades y procedimientos que intervienen en dicha automatización, con la finalidad de formular de manera clara y documentada los manuales correspondientes para usos, información y capacitación de los diferentes actores internos y externos.
2. Previo a implementarse un sistema electrónico de votación, se debe analizar la reglamentación del caso, con el fin de valorar si la reglamentación existente es suficiente o bien si existe la necesidad de dictar nueva normativa que tipifique la materia, donde las operaciones del sistema deben estar previstas dentro del ordenamiento.
3. Los manuales y toda documentación relativa al sistema debe estar redactada de manera clara, consistente y precisa, sin faltas u omisiones de información en especial lo concerniente a la seguridad alertando los eventuales problemas que pueden enfrentarse y las soluciones o la contingencia que puedan ser aplicadas.
4. El punto más sensible para la adopción de un sistema electrónico es la seguridad, que implica la confiabilidad del sistema, por lo cual, los dispositivos deberán ser auditados y fiscalizados; antes, durante y a posterior de cada comicio, con el fin de validar, tanto el hardware como el software, así como los procedimientos que intervienen en ese proceso en general, función que podrá ser realizada por una comisión técnica conformada tentativamente por los siguientes representantes: partidos políticos, miembros de la administración activa de la Institución y de su Auditoría Interna, además de actores de la sociedad civil que el TSE considere, la cual deberá definir los criterios de oportunidad, seguridad y confiabilidad, entre otros, que aseguren la calidad y pureza del sistema.
5. La información, sensibilización y capacitación del electorado y demás actores políticos y de la sociedad civil, es decisivo entre el éxito y fracaso del proyecto, por lo que dicho proceso debe iniciar con el tiempo que indiquen las unidades técnicas de la Institución y la experiencia en estos casos para que su efecto sea eficiente y efectivo.
6. De implementarse el mecanismo brasileño, será necesario suscribir con las autoridades de la Organización de Estados Americanos (OEA), un acuerdo de cooperación horizontal para el préstamo de los equipos, tomando en cuenta la posibilidad de ir a una segunda vuelta, elecciones de Alcaldes del 2006 y elecciones del 2010, el cual deberá observar los canales oficiales que se estilan para la firma de este tipo de convenios, a través de los Ministerios de Planificación Nacional y de Relaciones Exteriores, como rectores a nivel nacional de la cooperación.
7. De los estudios realizados se desprende que el proyecto posee factibilidad técnica y económica, sin embargo la Administración deberá prever su viabilidad financiera.
8. Implementar la alternativa b) para que se desarrolle el proyecto con la tecnología (hardware y software) utilizada en Brasil, a través del préstamo de equipo mediante la firma de un Convenio Internacional con la Organización de los Estados Americanos (OEA) y los Estados Unidos de Brasil.
9. Una vez finalizado el proceso electoral del 2006,-donde se pretende implementar el proyecto-, se debe conformar una comisión multidisciplinaría con el propósito de valorar los resultados obtenidos y recomiende a las luz de los mismos la conveniencia (mejoras y/o modificaciones) de continuar o no, con la automatización del mismo.
10. Finalizado el proceso electoral del 2006, que el DTIC retome la investigación para la actualización del software del plan piloto utilizado en las elecciones del 2002, a efecto de que la Institución cuente con dispositivos de votación propios.
11. La administración tome las previsiones presupuestarias para la adquisición de hardware propio.”
SE ACUERDA: puesto a votación el asunto no se obtiene mayoría absoluta ya que cuatro de los integrantes del Comité se inclinan por llevar a cabo el proyecto aunque en un porcentaje menor, mientras que los cuatro restantes se manifiestan por no ejecutarlo para lo cual citan otras prioridades institucionales. En vista de que se ha dado un empate, con base en el artículo 49, inciso f) de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de este Comité, señor Fernando Víquez Jiménez, ejerce el “voto de calidad” por lo que se presenta a consideración del Superior el siguiente CRITERIO DE MAYORIA:
A) Voto de los señores Rodolfo Delgado Rojas, Gilberto Gómez Guillén, Gerardo Hernández Granda y Fernando Víquez Jiménez (voto de calidad):
En relación con el estudio que se conoce, estimamos que la implementación del voto electrónico debe verse como una solución viable dentro de la organización electoral que desde una perspectiva de adecuado planeamiento y previsión, constituye un aspecto que por sí mismo deviene prioritario por su repercusión y alcances. Si bien en la coyuntura actual, las necesidades institucionales son muchas, sobre todo en el campo informático, la Institución no puede quedarse a la zaga en el cambio y modernización de su sistema electoral, que es su objetivo primordial. Debe tenerse presente que el actual Código Electoral data de los años cincuenta y durante todo este tiempo, si bien se han modificado una serie de institutos, los términos y plazos más críticos se han mantenido inalterados y difícilmente en el futuro exista la voluntad política para variarlos. En efecto el plazo para la presentación de candidaturas, el término de entrega de material electoral tanto a las juntas cantonales como a las receptoras de votos, así como los términos para la presentación de nóminas de miembros de mesa, son los mismos desde la promulgación del Código a pesar del gran crecimiento en el número de partidos políticos y sobre todo del aumento constante del padrón electoral, lo que incide en el incremento de la cantidad de juntas receptoras de votos, de papeletas a imprimir y de miembros a acreditar y juramentar, entre otros. En cada elección se hace más difícil cumplir con los términos de finalización de distintos programas electorales, siendo necesario recurrir al aumento de personal y de las jornadas de trabajo. A lo anterior debe sumarse el hecho de que los cambios en la legislación electoral han establecido nuevas exigencias para la organización de las elecciones -tal como la reforma que obligó a incluir la lista de candidatos a regidores en las papeletas, lo que impide iniciar el proceso de su impresión hasta tanto no estén inscritas en firme todas esas candidaturas- lo que más bien resta días valiosos para el proceso de impresión de papeletas y los programas que dependen de éste, como empaque y distribución del material. Por otra parte, la creación de nuevos puestos a elegir y la celebración de elecciones a nivel de distrito en el mismo año de las elecciones nacionales, han sido retos enormes para la organización electoral, que con un sistema manual como en el que en la actualidad tenemos, torna cada vez más angustiantes las perspectivas a futuro para cumplir como se debe dentro de los tiempos establecidos por ley. Además, ya se aprobó la reforma constitucional que permite realizar un referéndum por año y están muy avanzadas las discusiones para hacer cambios en el sistema de elección, concretamente la posibilidad del voto preferente en las elecciones de diputados, regidores y concejales de distrito, así como la participación en elecciones municipales de grupos independientes, lo que incidirá en los sistemas de cierre de la votación e inscripción de partidos y candidatos, para citar tan solo dos ejemplos. En otras palabras, el Tribunal debe leer muy bien los cambios que se avecinan en torno a un previsible incremento en la complejidad del proceso electoral, en el que es innegable que la conformación de las Juntas Receptoras de Votos y el monitoreo y seguimiento para que cumplan a cabalidad su función el día de los comicios, se vuelve cada vez más difícil, lo que podría complicarse más con un escenario de decaimiento de los partidos tradicionales y la proliferación de agrupaciones emergentes, tal como se percibe en la actualidad. Ante este panorama, el voto electrónico brinda posibilidades amplias ya que no se dependería de un proceso de impresión de papeletas, es fácilmente ajustable para cada tipo de elección, reduce las obligaciones o labores a realizar por los miembros de mesa, facilita el cierre de la elección, disminuye el tiempo de transmisión de resultados y posibilita el aumento de los electores por mesa, lo que incide en una reducción de las juntas a conformar, entre otras ventajas, sin mencionar el hecho de que ofrece facilidades para tecnificar otros procesos como la búsqueda y descarga del elector en el padrón que lleva la mesa y ser un instrumento imprescindible en aras de alcanzar a más largo plazo el objetivo de poder votar en el lugar donde se encuentre el elector y que su voto se acredite a la circunscripción donde está inscrito. Por consiguiente este sistema es una verdadera necesidad en el mediano plazo, por lo que se requiere empezar desde ahora la importante etapa de cambio, de divulgación del sistema y de capacitación del elector, aún dentro de las limitaciones presupuestarias, según se dirá en el aparte respectivo. Por consiguiente y con base en el informe que se conoce, se propone al Tribunal Supremo de Elecciones lo siguiente:
1) Por la complejidad del proyecto, que esta actividad la asuma una Unidad Ejecutora integrada por los Encargada del Programa de Voto Electrónico, señora Elizabeth Quirós Meza, las jefaturas de Capacitación y de Comunicación y Protocolo y el líder técnico, señor Orlando Solano Marín.
2) Para la revisión del reglamento respectivo, que se comisione al señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales.
3) Igual al punto 1.
4) Que el señor Coordinador de Programas Electorales, en coordinación con el Departamento TIC, proponga lo pertinente en aras de garantizar la seguridad del sistema propuesto, así como lo relativo a la conformación que tendría la Comisión que se indica.
5) Para concretar estas acciones, que la encargada del Programa de Voto Electrónico coordine lo propio con las jefaturas de Capacitación y Comunicación y Protocolo, a efecto de que presenten los programas concretos en estos ámbitos.
6) Que lo relativo al convenio continúe a cargo de los funcionarios designados por el Tribunal en sesión Nº 112-2004 del 5 de agosto del año en curso, Oficio Nº 3145-2004.
7) En cuanto a la viabilidad financiera, en el anteproyecto de presupuesto para el 2005 se incluyó una suma de 635.4 millones de colones distribuida en varias subpartidas, monto que surgió de diversas reuniones que sostuvo la Dirección Ejecutiva con las jefaturas de Capacitación, Comunicación y Protocolo, Programas Electorales y la Encargada del Programa. Por consiguiente, para el 2006 se recomienda que los responsables del proyecto coordinen con la Comisión de Presupuesto lo que corresponda de manera que se pueda cumplir con los objetivos planteados.
8) Sin demérito de lo consignado en el párrafo precedente, es necesario mencionar que la Asamblea Legislativa recortó sensiblemente el presupuesto del TSE para el 2005, por lo que habrá que hacer un análisis para determinar prioridades. A lo anterior debe sumarse la necesidad de reemplazar el computador A14, definir el rumbo que tomará el proyecto de modernizar la plataforma tecnológica y sustituir módulos obsoletos del SICI -asuntos aún no resueltos- a los que deben sumarse los aspectos logísticos involucrados y los tiempos disponibles para cada etapa. Por consiguiente, se recomienda que la aplicación de voto electrónico se haga en un máximo del 10% de las Juntas Receptoras de Votos, sujeto a la conclusión de los estudios sobre las variables dichas y al disponible presupuestario con que concretamente se contaría.
9) Que el señor Coordinador de Programas Electorales proponga al Tribunal la integración de la comisión multidisciplinaria que evaluará los resultados obtenidos, pero no una vez finalizado el proceso electoral del 2006, sino desde antes, de manera que sus eventuales integrantes le den seguimiento a todo el proceso con suficiente anticipación.
10) Aprobar esta sugerencia, la cual guarda estrecha relación con la siguiente, toda vez que esto le permitiría al Tribunal consolidar un software propio que a futuro pueda instalarse y funcionar en equipos que pertenezcan a la Institución. Debe tenerse presente en todo caso, que esto dependerá del resultado que se obtenga de la evaluación mencionada en el punto precedente.
11) Que los responsables del proyecto coordinen lo propio, en su oportunidad, con la Comisión de Presupuesto, sujeto también al producto que se obtenga de lo recomendado en el punto 9.
Adicionalmente se sugiere que la Encargada del Programa sea su vez la Administradora del Proyecto, quien junto con el líder técnico, señor Orlando Solano Marín, formulen el Plan de Ejecución conforme a la metodología actualmente en uso, que comprende -entre otros- la programación física y financiera. El control de costos se llevará en “Project” según está establecido, lo cual se reforzaría en el momento en que pueda disponerse del sistema institucional. A su vez que se actualice el cronograma de ejecución para su debido seguimiento.
B) Voto de la señora Ana Isabel Fernández Alvarado y los señores Rodrigo Fallas Vargas y Rodolfo Villalobos Orozco:
En nuestra condición de usuarios, miembros del Comité Gerencial de Informática, teniendo como prioridad la prestación del servicio público que brinda el Registro Civil, en relación con la implementación del proyecto de Voto Electrónico y el respectivo Estudio de Factibilidad, asunto y documento conocidos nuevamente en sesión extraordinaria del citado Comité Gerencial No.37-2004, realizada el día 9 de noviembre del año en curso, emitimos nuestro voto en los siguientes términos:
No obstante la aparente viabilidad que deviene del estudio de factibilidad en relación, la Institución se ve en este momento en la obligación y necesidad imperiosa de replantear metas, no solo por el recorte experimentado en el presupuesto institucional para el año venidero, factor que viene a agudizar el problema; sino porque no se ha logrado ejecutar las etapas propuestas para concretar la sustitución del computador central (A-14), migrar los sistemas informáticos que soportan la información civil, electoral y de elecciones y atender el problema de obsolescencia del hardware y software del SICI, planteados por los técnicos informáticos de la Institución; circunstancias que junto con un plan de ejecución que debe elaborarse, condicionan la viabilidad del proyecto de Voto Electrónico.
En el estudio de factibilidad del voto electrónico se refleja el esfuerzo y resultado de la labor de los compañeros de la Oficina de Proyectos Tecnológicos y considerablemente la labor de los compañeros que desarrollaron el software del Plan Piloto de Voto Electrónico utilizado en las Elecciones del 2002, sin embargo somos del criterio que la viabilidad de este proyecto tan complejo se presenta en un momento desfavorable por la situación de nuestro presupuesto y de proyectos pendientes de solución de vital importancia para nuestra diaria labor registral.
Ante la vital importancia de solucionar los problemas descritos y conocedores, de conformidad al informe presentado, que los escenarios de automatización del sufragio son viables y deseables; nos vemos en la obligación de indicar la prioridad de solucionar nuestros problemas funcionales, que no redundará en menoscabo del sufragio y proceso electoral que si bien es cierto, es ejecutado a través de procedimientos manuales en su totalidad, ha mantenido la confiabilidad y seguridad de nuestro sistema electoral.
De conformidad con lo anterior, recomendamos que se suspenda para las próximas elecciones la inversión para la utilización de las urnas electrónicas brasileñas, sin menoscabo de que se siga con el desarrollo y perfeccionamiento de un software propio para tal efecto.
Por último, consideran los suscritos que resulta de vital importancia para análisis integral del tema de Voto Electrónico, el pronunciamiento de la Asesoría Jurídica, respecto a la utilización del voto electrónico de conformidad con la normativa vigente.
C) El señor Javier Vega Garrido emite el voto en los siguientes términos:
De previo a desarrollar los motivos que sustentan mi posición, deseo por este medio dejar expresa constancia de mi reconocimiento al grupo que tuvo a cargo la formulación de un complejo y sesudo estudio de factibilidad que, después de largas e intensas jornadas de revisión y reformulación, se somete de nuevo a votación. El nivel de compromiso y la seriedad profesional presentes en este estudio, también son atributos que caracterizan los estimables compañeros que de previo a la implementación del Plan Piloto en las elecciones 2002, compartieron la necesidad de que Costa Rica asumiera el reto de tecnificar sin timidez el proceso de emisión del sufragio. Del mismo modo, el soporte brindado hasta la fecha por la administración superior y el sector directivo y ejecutivo de la Institución, a todos aquellos agentes que han intervenido en la generación de ideas y productos de calidad asociados al voto electrónico, y que hoy están a disposición de muchos interesados, ha sido sin lugar a dudas determinante.
De acuerdo con lo anterior, la factibilidad del Voto Electrónico queda al parecer demostrada en el repetido estudio que se ha elaborado con arreglo a la metodología vigente en la Institución, sin embargo su viabilidad sujeta no solo a un plan de ejecución que debe elaborarse, sino a un entorno presupuestario que le resulta adverso a otros proyectos de importancia estratégica, determina la impostergable necesidad de establecer prioridades, particularmente cuando esos proyectos sí tienen la condición de definir, más que el éxito de las elecciones, su realización, que en todo caso es el cometido constitucional que está llamado a cumplir al Tribunal.
Ciertamente, aunque Costa Rica muestre en algunas áreas índices económicos deficitarios (deuda pública, inflación, pobreza y desempleo son solo algunos ejemplos) es lo cierto que cualquier esfuerzo por generar economías en el uso y aplicación de los fondos públicos se convierten en insoslayable deber. Desde este punto de vista, el proyecto de voto electrónico fundamentado en el préstamo de la llamada urna electrónica desarrollada por Brasil, viene a ser según el estudio de factibilidad, una eventual oportunidad para relucir algunos costos asociados a la implementación del voto manual tradicional y ello -podría pensarse- contribuiría a aliviar al diezmado presupuesto del Tribunal para el ejercicio 2005, antesala de las elecciones 2006.
Sin embargo, y pese a otros posibles beneficios que puedan citarse en favor del proyecto de voto electrónico, es lo cierto que este "per se" no es indispensable para que el Tribunal pueda una vez más arbitrar y administrar varios procesos electorales, carácter que sí reúnen los proyectos de sustitución del computador A-14, y la renovación del hardware y software del SICI identificados como críticos. En efecto, y con independencia del esfuerzo desplegado este año por el C.G.I. y otros actores, a esta fecha el proceso de sustitución del A-14 es incierto, y las acciones tendientes a sustituir los servidores de búsqueda y concordancia para el SICI resultaron infructuosos, al paso que la modernización de la plataforma tecnológica visualizada como la gran meta a alcanzar a través del rediseño de los sistemas críticos de la Institución, simplemente se quedó sin el sustento económico previsto para el próximo año, de manera que ello podría implicar -en el mejor de los casos- retardar aún más el inicio de un proyecto que es indispensable no solo por la explícita modernidad que conlleva, sino porque constituye la oportunidad esperada para superar una inconveniente situación de dependencia tecnológica dada la vigencia en la Institución de un ambiente de producción propietario a nivel de sistemas, y otro de desarrollo sin grandes posibilidades de crecimiento.
Ante tal panorama, y sin necesidad de ser usuario principal o secundario de los servicios que provee el computador central A-14 y el SICI, el suscrito respetuosamente considera que la solución a estos problemas se torna preferente y es vital para las elecciones 2006, frente a un proyecto de voto electrónico que quizás sea deseable. En efecto, la disminución validada en definitiva por la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, y según la cual el presupuesto del Tribunal para el próximo año fue "recortado" en aproximadamente un 10.6% en relación con el monto asignado por el Ministerio de Hacienda, determina a juicio del suscrito, la impostergable necesidad de no escatimar esfuerzos por obtener recursos que den contenido económico a las subpartidas que justamente amparan los citados proyectos que responden a la modernización de la plataforma tecnológica institucional, y en ese sentido los recursos para financiar el repetido proyecto de voto electrónico vienen a servir a este propósito.
Tal es, en todo caso, la dirección seguida por el Superior al adoptar el acuerdo que comunicó según Oficio N° 4106-2004 del pasado 8 de octubre, dirigido al Presidente de la supracitada Comisión, Diputado Olman Vargas Cubero, y que en lo que aquí interesa, consigna:
"Como parte de lo originalmente presupuestado resulta de vital importancia resaltar el proyecto del área estratégica de desarrollo tecnológico, concerniente al cambio de plataforma tecnológica. Este proyecto tiene gran relevancia dado que la estructura del centro de cómputo y sus bases de datos residen actualmente en un ordenador de lenguaje propietario que contiene todos los datos civiles, de cédulas, padrón electoral y módulos para elecciones el cual da servicio continuo en esas áreas a las oficinas de la sede central y regionales y es la base para la organización de los programas que se aplican en la administración electoral. La contratación de una consultoría con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), atinente a esta materia, culminó con recomendaciones que han sentado las bases para la ejecución del proyecto que con anterioridad se había concebido en el Plan Estratégico de Tecnologías de Información (PETI) denominado "Modernización Tecnológica del TSE'; por medio del cual se pasará a tecnologías abiertas en lugar del esquema propietario actualmente en uso, lo que fomentará la competencia en las contrataciones y eliminará la natural dependencia que se produce con un proveedor. Para cumplir este objetivo resulta indispensable contratar una consultoría que efectúe el rediseño y migración de todos los datos y sistemas al nuevo lenguaje, lo que se había previsto en la subpartida 162 "Consultorías" que fue eliminada en su totalidad por la referida Subcomisión, por lo que este importante y vital avance ya no podría concretarse.
Por otra parte, se hace necesario continuar con la sustitución paulatina de los equipos par expedir las cédulas, ya que la mayoría datan de 1997 y han llegado al final de su vida útil. Para el 2005 se había previsto el cambio -por obsolescencia- de las estaciones de trabajo ubicadas en las ventanillas de atención del público en la sede central y en las regionales, lo cual ya no sería posible debido a la rebaja de 200.0 millones en la subpartida 310 "Equipo y mobiliario de oficina".
Además se han afectado otros rubros, especialmente los concernientes a las subpartidas 172, 174 y 199, lo que incidirá en los contratos de mantenimiento de los equipos de computo, UP5, sistema de cedulas y de tarjeta de identidad de menores, ascensores, planta eléctrica, sistema de alarma contra incendios, planta de tratamiento de aguas negras de oficinas regionales, cámaras fotográficas para cedulación y vigilancia y limpieza en la sede central y regionales, entre otros”.
Por todo lo expuesto, el suscrito respetuosamente por ahora imprueba el estudio que se conoce y que sustenta la implantación del voto electrónico.”
SE ACUERDA: Este Tribunal, con el propósito de implementar el proyecto de voto electrónico en el 50% de las juntas receptoras de votos en las elecciones de febrero del 2006 y en una eventual segunda vuelta de la elección presidencial, aprobó la inclusión de 635.4 millones de colones en el anteproyecto de presupuesto para el 2005, distribuidos entre las diferentes subpartidas. Durante el ejercicio de análisis de nuestro plan de gastos por parte del Ministerio de Hacienda, se aceptó una rebaja de 715.8 millones en aras de contribuir con el esfuerzo del Gobierno de la República en la disminución del gasto, a lo que debe sumarse el monto de 1.258 millones que fue recortado por la Asamblea Legislativa. Por otra parte, la Institución debe enfrentar fuertes erogaciones tendientes a la modernización de su plataforma tecnológica y a la renovación de equipos obsoletos del sistema de cédula, lo cual resulta prioritario por su estrecho ligamen e indudables repercusiones en la organización de los comicios del 2006, lo que obliga a redireccionar los recursos hacia estos objetivos. Con base en las anteriores consideraciones se dispone:
1- Acoger el criterio de mayoría del Comité Gerencial de Informática y, por ende, aprobar sus recomendaciones relativas a las que a su vez fueron presentadas por la Oficina de Proyectos Tecnológicos en el Estudio de Factibilidad que se conoce, con excepción de lo expresado en relación con la número 8, respecto de la cual -por los motivos dichos- se pospone la aplicación de la votación electrónica para las elecciones municipales a efectuarse en diciembre del 2006, lo cual se haría en el 50% de las mesas siempre que se cuente con contenido económico.
2- La Encargada del Programa, señora Elizabeth Quirós Meza, se designa como Administradora del Proyecto, quien junto con el líder técnico, señor Orlando Solano Marín, formulará en su oportunidad el Plan de Ejecución conforme a la metodología actualmente en uso, tal como se propone.
3- La Comisión de Presupuesto, en el plan de inversiones para el próximo año, incluirá los montos que se estimen necesarios de conformidad con los análisis que lleve a cabo sobre las propuestas que formulen los responsables del proyecto.
4- Dicha Comisión, con base en esta directriz, propondrá los movimientos presupuestarios pertinentes a efecto de darle contenido a las compras que deban hacerse este año.
5- Los funcionarios designados por este Tribunal en sesión N. 112-2004 del 5 de agosto de ese año, Oficio N. 3145-2004, coordinarán lo propio con la Organización de Estados Americanos y el Tribunal Superior Electoral de Brasil, a efecto de determinar su anuencia a continuar con el proyecto bajo las actuales circunstancias. ACUERDO FIRME
f) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:
1) Oficio Nº A.J. 037-2005 del 31 de enero del 2005, mediante el cual emite criterio sobre los diversos aspectos contenidos en la propuesta de la empresa Unisys de Centro América S.A., en relación con las impresoras de tarjetas Image Card, el soporte del SICI, la sustitución del A-14, así como la entrega y aceptación del arreglo de discos.
Se conoce además el oficio Nº 069-2005 del 3 de febrero del 2005, suscrito por el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, mediante el cual rinde informe sobre este aspecto; al igual que el oficio Nº 153 DTIC del 1º de febrero del año en curso del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, el cual se conoce nuevamente.
Se dispone: Vistos los informes rendidos por la Asesoría Jurídica, el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y la Contaduría institucional, relativos a la viabilidad jurídica, técnica y financiera de la propuesta de transacción hecha por la firma Unisys de Centro América S.A., se conforma una comisión integrada por los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, quien la presidirá, Javier Vega Garrido, Proveedor, Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Gilberto Gómez Guillén, Contador, y Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de Proyectos Tecnológicos, con el fin de que afinen una contrapropuesta que haría posible una transacción de los asuntos que se encuentran ya en discusión judicial, para someterla lo antes posible a consideración de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº A.J.-041-2005 del 7 de febrero del 2005, mediante el cual solicita se le amplíe el plazo inicialmente otorgado para rendir informe sobre las gestiones de solicitud de reajuste de precio, correspondientes a las empresas Corporación Inversionista Costarricense -propietaria de la bodega y parte de la Proveeduría- y Mocedades Masculinas S.A. -propietaria del local que ocupa la oficina regional de Puriscal- hasta el próximo viernes 11 del mes y año en curso. Indica además la señora Mannix Arnold que esa Asesoría debe despejar duda relativa a la fecha de rige de tales reajustes, por lo que su oficina está a la espera de que la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República dé una respuesta sobre el particular, a consulta planteada telefónicamente.
Se dispone: Se concede el plazo solicitado. ACUERDO FIRME.
g) Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 45-A.I.-2005 del 7 de febrero del 2005, mediante el cual expone lo que a continuación se transcribe literalmente:
“El viernes 4 de febrero del presente año, fui notificado por el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José, de querella en mi contra y de la Licda. Sara Porras Mora, “por los delitos de injurias y calumnias” supuestamente cometidos en cumplimiento del cargo de Auditor Interno del Tribunal Supremo de Elecciones, al brindar declaraciones ante la Comisión del Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa, sobre hechos que constan en Actas y Archivos de la Institución. Dicha demanda fue interpuesta por el Lic. Rafael Villegas Antillón, ex Presidente del TSE.
El Tribunal Penal fijó el plazo de tres días para nombrar un Profesional en Derecho de mi confianza.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley General de Control Interno, solicito que se ordene lo pertinente para que se autorice y se inicie el trámite correspondiente, de manera que pueda contar con los servicios profesionales de un abogado penalista de mi confianza, a la brevedad que las circunstancias demandan.
Dicho artículo reza asÍ (sic):
“ Cuando el personal de la auditoría interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, la institución dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final.” ”
Asimismo, se conoció oficio Nº 47-A.I.-2005 del 8 de febrero del 2005, suscrito por la señora Sara Porras Mora, Asistente de Auditoría Interna, en términos similares a los supra transcritos, atinentes a la querella en su contra, por los mismos motivos.
Se dispone: Este Tribunal considera que el citado precepto de la Ley General de Control Interno, debe ser interpretado armónicamente con lo establecido en el inciso g) del artículo tercero de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en cuanto le atribuye a ésta “...Defender a los servidores del Estado cuando se siga causa penal contra ellos por actos o hechos en que participen en el cumplimiento de sus funciones...”
Contando el propio Estado con un servicio de defensa penal especializada para funcionarios públicos, no cabe entender la disposición de la Ley General de Control Interno como fuente de una obligación de sufragar los honorarios de abogados particulares, sino la de instar ante la Procuraduría General de la República la designación del respectivo profesional en Derecho para atender la defensa, si ello fuera del interés del señor Auditor y su Asistente.
Sin perjuicio de lo anterior, una vez fijados los costos procesales del juicio y previo reclamo administrativo, el Tribunal dictará la resolución correspondiente en que se fijará su posible reembolso.
Por otro lado, la Asesoría Jurídica le brindará a los funcionarios de la Auditoría Interna, el respaldo jurídico complementario que sea necesario, en acatamiento del artículo 26 de la Ley General de Control Interno. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce:
1) Oficio Nº 074-2005 del 4 de febrero del 2005, mediante el cual informa que hasta el próximo 4 de febrero el Ministerio de Hacienda abrió en el SIGAF las áreas del presupuesto del 2005 de este Organismo, lo cual ha impedido el pago a proveedores y la emisión de los documentos de ejecución presupuestaria que son lo que permiten iniciar los procesos de contratación. Asimismo, hace una serie de consideraciones sobre el particular para lo que a bien tenga disponerse.
Se dispone: El señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, preparará un borrador de comunicación dirigido al señor Ministro de Hacienda y a la señora Contralora General de la República en ejercicio, exponiéndole la problemática que se atraviesa y solicitándole una reunión para explorar posibles soluciones. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 075-2005 del 4 de febrero del 2005, al que adjunta informe sobre la situación actual de los reportes de contribuciones por parte de personas físicas o jurídicas nacionales a los partidos políticos hasta la finalización del período número 11 que comprende del 1º de octubre al 31 de diciembre del año 2004, así como el reporte de los elementos que señala.
Se dispone: Proceda la Secretaría del despacho en la forma usual. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 015-C.P.E.-2005 del 3 de febrero del 2005, mediante el cual somete a consideración la conformación de la Comisión de Formularios, la cual estaría bajo su coordinación e integrada por las jefaturas de la Oficina de Comunicación y Protocolo y de la Proveeduría o los funcionarios que estos designen.
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Diputado Gerardo Alberto González Esquivel, Presidente de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio Nº Pte-Aleg.-1215-05 del 7 de febrero del 2005, mediante el cual comunica que en la sesión número 122 del Plenario Legislativo del pasado jueves 27 de enero, se conoció y dio por aceptada la renuncia del señor Luis Fishman Zonzinski al cargo de Segundo Vicepresidente de la República.
Se dispone: Turnar al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.
k) De la señora Diputada Kyra de la Rosa Alvarado, Presidenta de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera de la Asamblea Legislativa, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 3 de febrero del 2005, mediante el cual solicita el criterio de este Tribunal sobre el proyecto “Modificación al párrafo final del artículo 17 de la “Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública” (Ley Nº 8422 del 6 de octubre del 2004), expediente Nº 15767, publicado en La Gaceta Nº 243 del 13 de diciembre del 2004.
Se dispone: Pase a estudio individual de la señora y señores Magistrados. ACUERDO FIRME.
l) Del señor José Luis Araya Alpízar, Tesorero Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce correo electrónico del 3 de febrero del 2005, al que se adjunta circular sin firma Nº 66 del 2 de febrero pasado, mediante la cual informa sobre la ampliación de la fecha límite para recibir solicitudes de modificación presupuestaria para dar contenido a los compromisos no devengados generados al 31 de diciembre del 2004.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Comisión de Presupuesto de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
m) De la señora Ethel Abarca Amador, Secretaria General del Partido Patria Primero, se conoce:
1) Oficios Nº PPP-005-2005 y PPP-006-2005, del 4 del mes en curso, mediante los cuales informa sobre la celebración de las asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Desamparados, distritos San Rafael Arriba y Patarra, cantón Montes de Oca, distrito San Pedro; provincia de Alajuela, cantón San Ramón, distritos Concepción, Volio, Los Ángeles y Santiago; cantón San Carlos, distrito Pital; provincia de Cartago, cantón Cartago, distrito El Carmen; y provincia de Puntarenas, cantón Esparza, distritos Macacona y San Juan Grande, según detalle.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº PPP-007-2005 del 4 del mes en curso, mediante el cual comunica de la cancelación de la asamblea distrital de Los Guido, Desamparados, programada para el día 5 de febrero de 2005, por problemas de salud del coordinador.
Se dispone: Archivar por falta de interés actual. ACUERDO FIRME.
n) Del señor Pablo Álvarez Granados, Secretario del partido Unión Patriótica, se conoce:
1) Oficios Nº UP-CE-D-25-05 y UP-CE-D-27-05 del 3 y 4 del mes en curso respectivamente, mediante los cuales comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Escazú, distritos San Rafael y Escazú; cantón Aserrí, distrito San Gabriel; cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos; provincia de Heredia, cantón Central, distritos Ulloa y Mercedes; cantón Flores, distrito San Joaquín; provincia de Guanacaste, cantón Abangares, distrito Las Juntas, cantón Carrillo, distrito Sardinal; cantón Santa Cruz, distrito Santa Cruz; provincia de Alajuela, cantón San Carlos, distrito la Tigra; cantón San Ramón, distrito Peñas Blancas; en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: De previo, en el plazo de 24 horas, indíquese el número telefónico de los encargados o coordinadores de las asambleas distritales de San Rafael y Escazú; Ulloa, Mercedes y San Joaquín de Heredia. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº UP-CE-D-30-05 del 7 del mes en curso, mediante el cual informa sobre la realización de asambleas distritales en la provincia San José, cantón Mora, distrito Colón, cantón Dota, distrito Copey; provincia de Alajuela, cantón Orotina, distritos Coyolar, Mastate y la Ceiba; cantón San Mateo, distrito Central; cantón San Carlos, distritos Venado y Aguas Zarcas; cantón Valverde Vega, distrito San Pedro; provincia de Cartago, cantón El Guarco, distrito Tejar; cantón Cartago, distrito Guadalupe, cantón Turrialba, distritos La Suiza, Pavones, Peralta Tayutic, Tres Equis y Tuis; provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distritos Cuajiniquil y Diriá; cantón Liberia, distritos Liberia y Curubandé, en los lugares, fechas y horas según detalle. Además adjunta agenda que se conocerá en esas asambleas.
Se dispone: Se aprueba supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
ñ) Del señor Juan Carlos Chaves Mora, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Fuerza Democrática, se conoce fax correspondientes a notas (2) del 4 y 7 del mes en curso respectivamente, mediante las cuales comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas cantonales en la provincia de Alajuela, cantones San Carlos y San Mateo; en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la media de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
o) De la señora Isabel Arias Calderón, Presidenta del Partido Integración Provincial Tres, se conoce fax correspondiente a nota del 4 del mes en curso, mediante la cual comunica y aclara que esa agrupación política estará celebrando asambleas distrital y cantonal en la provincia de Cartago, cantón Paraíso, distrito Llanos de Santa Lucía; en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
p) De la señora Marianela Aguilar, Secretaria General a.i. del partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente al oficio PAC 057-2005-05 del 2 del mes en curso, mediante el cual comunica que esa agrupación política estará celebrando la Asamblea Nacional, en el lugar, fecha y hora según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en ella.
Se dispone: De previo, en el plazo de 24 horas, apórtese el permiso correspondiente para utilizar las instalaciones de la Escuela República de Chile. ACUERDO FIRME.
q) De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria del Comité Ejecutivo Provisional del partido Unión para el Cambio, se conoce oficios Nº UPC-EL-015-05, UPC-EL-016-05 y UPC-EL-017-05, del 4 del mes en curso, mediante los cuales aclara direcciones y comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en los cantones de San Rafael, distrito Concepción, cantón Santo Domingo, distrito Para; cantón Barva, distrito San Pablo; cantón Puriscal, distrito San Antonio, cantón Turrialba, distritos Turrialba y La Suiza, cantón Santa Cruz, distritos Central, Bolsón, 27 de Abril, Tempate, Cartagena, Cuajiniquil, Tamarindo y Cabo Velas; Cantón Alfaro Ruíz, distritos Zarcero, Zapote, Tapesco, Las Brisas y Palmira; cantón Alajuela, distrito Carrizal; cantón Orotina, distrito Hacienda Vieja; cantón Pérez Zeledón, distritos Barú, Platanares, Cajón, Páramo y Daniel Flores, en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
r) Del señor José Merino del Río, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del partido Frente Amplio, se conoce fax correspondientes a las notas del 4 y 5 del mes en curso respectivamente, mediante las cuales comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Desamparados, distrito Gravilias; cantón Tibás, distrito San Juan de Tibás (sic); cantón Goicoechea, distrito Guadalupe; cantón Escazú, distrito Escazú; en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: De previo, en el plazo de 24 horas, indíquese el nombre y número telefónico de los encargados o coordinadores de cada una de las asambleas a celebrarse. ACUERDO FIRME.
s) Del señor Gerardo Mora Zúñiga, Presidente del partido El Grito del Caribe, se conoce fax correspondiente a la nota del 3 del mes en curso, mediante la cual comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de Limón, distritos Duacari, Río Jiménez, Guácimo, Pocora, Mercedes, Germania, Alegría, Florida, El Cairo, Pacuarito y Siquirres; en los lugares, fechas y horas según detalle.
Se dispone: De previo, en el plazo de 24 horas, indíquese el nombre y número telefónico de los encargados o coordinadores de cada una de las asambleas a celebrarse, y amplíese la dirección del lugar en que se efectuará la distrital de Siquirres, Siquirres, Limón. ACUERDO FIRME.
t) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce:
1) Oficio Nº ADN-ELECTORALES 0011-05 del 31 de enero del 2005, recibido el pasado 7 de febrero, mediante el cual solicita se autorice el uso de cien boletas (sic) de adhesiones y autoriza a Walter Villalobos Fernández para su retiro.
Se dispone: Autorizar conforme solicita el Presidente del Partido. ACUERDO FIRME.
2) Oficios Nº ADN-ELECTORALES-0013-05, ADN-ELECTORALES-0014-05 y ADN-ELECTORALES-0015-05, de fechas 3, 4 y 7 del mes en curso respectivamente, mediante los cuales aclara dirección e informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas distritales; en la provincia de San José, cantón Central, distrito Uruca, como lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
u) Del señor Cristóbal Montoya Marín, Presidente del partido Gente Nueva, se conoce fax correspondiente al oficio PGN-3-05 del 4 del mes en curso, mediante el cual comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Desamparados, distritos San Rafael Arriba y Gravilias; provincia de Alajuela, cantón Grecia, distritos San José y Bolívar; cantón Poás, distrito San Pedro; en los lugares, fechas y horas según detalle. Además agrega la agenda que se conocerá en cada una de ellas.
Se dispone: De previo, en el plazo de 24 horas, precísense las direcciones en que se realizarán las respectivas asambleas (agregar número de casa –si lo tiene- o sus características como color, de una o dos plantas, etc.) excepto las de San Rafael Arriba y Gravilias, Desamparados, San José que si son claras. ACUERDO FIRME.
v) Del señor Humberto Vargas Carbonell, Secretario del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Vanguardia Popular, se conoce fax correspondiente a memorial del 2 del mes en curso, mediante el cual informa los nombramientos de delegados, propietarios y suplentes, en las asambleas distritales de la provincia de Limón, cantón Talamanca, distritos Telire y Bratsi.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.
w) De la señora Rosa María Artavia Rodríguez, Tesorera del Comité Nacional del partido Vanguardia Popular, se conocen notas (3), del 4 del mes en curso, mediante las cuales informa y aclara que estarán celebrando las asambleas distritales y cantonales en la provincia de San José, cantón Central, distrito Catedral; cantón Goicoechea, distrito Ipís, cantón Moravia, distrito La Trinidad; cantón Curridabat, distrito Curridabat, cantón Tibás; distrito León XIII, cantón Alajuelita; distrito San Felipe; provincia de Cartago, cantón La Unión, distrito Tres Ríos, cantón Turrialba, distrito La Isabel; y cantonales en la provincia de Heredia, cantones Barva y Belén, provincia de Limón, cantón Talamanca, conforme se detalla.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
x) Del señor Roberto Castillo A., Asesor Legal de la Financiera Desyfin S.A., se conoce nota del 3 de febrero del 2005, mediante la cual se refiere al acuerdo tomado por este Tribunal y comunicado mediante oficio Nº 0448-TSE-2005, relacionado con la cesión de la factura Nº 0006234 de la empresa Control Electrónico S.A.
Se dispone: Pase a conocimiento de la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.
y) De los señores Leonardo Solórzano Fonseca y Carlos Miller Kekeisen, representantes de la empresa Control Electrónico S.A., se conoce oficio sin número del 4 de febrero del 2005, al que adjuntan documentos que amparan la cesión de pago de dicha empresa a favor de la Financiera Desyfin S.A., por la suma de $4.965,00, según factura Nº 6772.
Se dispone: Para su estudio e informe en el plazo de quince días, pase a la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- El señor Magistrado Presidente, Oscar Fonseca Montoya, informa que el señor Gerardo Alberto González Esquivel, Presidente de la Asamblea Legislativa, motivado por el preocupante deterioro en la confiabilidad de los pueblos hacia la democracia y una acelerada desafección hacia los partidos políticos y considerando que la Asamblea Legislativa debe ser también foro permanente de formación democrática y ciudadana, gentilmente lo invitó a una reunión a la que asistió el pasado miércoles 2 de febrero, con el objeto de colaborar en la organización de un día de debate y reflexión sobre temas transcendentales relacionados con la gobernabilidad democrática, la transparencia y participación ciudadana en los comicios y en la vida de los partidos políticos.
En dicha reunión también participaron la señora Marta Acosta; Contralora General de la República en ejercicio, y los señores Carlos Sojo, Director de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Rodrigo Arias, Presidente del Consejo Nacional de Rectores, y Reinhar Willig, representante de la Fundación Konrad Adenauer y se dispuso que un grupo con representación de las instituciones involucradas, preparan una agenda para que sea conocida en la próxima reunión fijada para el miércoles 16 de febrero.
Se dispone: Apoyar esa importante iniciativa en la medida de las posibilidades del Tribunal, por considerarla relevante en la perspectiva del fortalecimiento democrático, quedando a la espera de que se concrete la agenda en preparación.
ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 0540-TSE-2005 del 4 de febrero del 2005, mediante el cual se refiere a lo ordenado por este Tribunal con respecto a la remisión a la Contraloría General de la República, del expediente que corresponde al procedimiento incoado en contra el Lic. Víctor Vargas Meneses, Auditor Interno de este organismo, y transcribe literalmente el oficio Nº. 478-TSE-2005 que envió a la Jefa de la Unidad de Desarrollo Institucional de la Contraloría General de la República.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 3389-D.E. del 3 de febrero del 2005, mediante el cual rinde informe sobre los cheques emitidos durante el pasado mes de enero del 2005.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce oficio No A.J. 039-2005 del 4 de febrero del 2005, mediante el cual, con relación al oficio Nº 461-TSE-2005 en el que se comunica el acuerdo tomado por el Tribunal en sesión No. 9-2005, artículo cuarto, en que se conoció su oficio Nº A.J.-33-2005, aclara la conclusión Nº 4, de manera que se elimine la palabra “ordinario”, manteniéndose igual el citado documento en lo demás.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 87-05 del 3 de febrero del 2005, mediante el cual informa que el contrato suscrito con la empresa I.S. Productos de Oficina S.A., por el arrendamiento de la fotocopiadora marca MITA, modelo DC-1855, asignada a su despacho, vence del próximo 3 de junio, y según la cláusula sexta del mismo se previo la posibilidad de prórrogas por períodos de cinco años. Agrega que como órgano fiscalizador del contrato, recomienda la prórroga del mismo y siendo consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, se le informó que para el presente año existe la respectiva previsión en el presupuesto, por lo que si este Tribunal aprueba la indicada recomendación, el supracitado contrato sería prorrogado.
Se dispone: Aprobar la prorroga del respectivo contrato.
ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 158 del 2 de febrero del 2005, al que adjunta cuadro con las instituciones cuyas solicitudes de información o suministro de datos se atendieron por primera vez en el año 2004.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio Nº 045-2005-OPT del 1º de febrero del 2005, recibido el pasado 7 de este mes, al que adjunta cartera de estudios a desarrollar durante el presente año, asignados tanto por este Tribunal como por el Comité Gerencial de Informática.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Everardo Rodríguez Bastos, Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, se conoce copia del oficio Nº PRE-2005-323 del 3 de febrero del 2005, dirigido al señor Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República, mediante el cual le comunica su renuncia irrevocable al citado cargo, a partir del viernes 4 de febrero del presente año.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil para lo de su cargo.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Juan Muñoz Giró, Intendente General de la Superintendencia General de Entidades Financieras, se conoce oficio Nº SUGEF 514-200501440 del 4 de febrero del 2005, mediante el cual se refiere a la circular Nº 0314-TSE-2005 del 25 de enero del año en curso, en la que se comunicó lo acordado en sesión No. 8-2005, relacionado al contenido del artículo 14 del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos, y comunica que ese despacho ha emitido la Circular Externa 005-2005, en la cual le recuerdan a los bancos del Sistema Bancario Nacional, su obligación de implantar las medidas necesarias para que no se acrediten depósitos anónimos o sin identificar en las cuentas de los partidos políticos.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Raúl Costales Domínguez, Secretario General del Partido Movimiento Libertario, se conoce copia de nota del 7 de febrero del 2005, dirigida al señor Gilberto Gómez Guillén, Contador del Tribunal, a la que adjunta reporte de contribuciones recibidas por esa agrupación política durante el mes de enero del 2005.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Ethel Abarca Amador, Secretaria General del Comité Ejecutivo Provisional del partido Patria Primero, se conoce copia del oficio Nº PPP-008-2005 del 4 de febrero del 2005, dirigido a la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, mediante el cual aclara cuales son los delegados designados en la asamblea distrital de Aserrí.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Jorge Arturo Valverde S., Administrador de las Instalaciones de la Universidad de Costa Rica FUNDEVI-Golfito, se conoce oficio Nº FUNDEGOL-006-05 del 26 de enero del 2005, recibido el pasado 3 de febrero, mediante el cual, con fundamento en las consideraciones que expone, plantea una solicitud de revisión en el precio del local que ocupa la Oficina Regional del Registro Civil en Golfito.
Se dispone: Para su estudio e informe en el plazo de quince días, pase a la Asesoría Jurídica.
A las dieciséis horas y quince minutos terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Luis Antonio Sobrado González |
Olga Nidia Fallas Madrigal |
Juan Antonio Casafont Odor |
Ovelio Rodríguez Chaverri |