ACTA N.º 4-2021

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del catorce de enero de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS DE 2022.

A) Cronograma Electoral de las Elecciones Nacionales del 2022. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-008-2021 del 8 de enero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Previo un cordial y respetuoso saludo, me permito elevar a conocimiento de la señora y señores magistrados, la propuesta de Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales a celebrarse en el mes de febrero del año 2022 el cual se anexa a este oficio y se fundamenta en los señalamientos y criterios dispuestos por el Tribunal para pasados procesos electorales, por lo que se han tenido en cuenta los siguientes aspectos:

Se incluyen nuevos términos, concretamente:

- Último día para que las asambleas superiores de los partidos políticos ratifiquen la designación de los candidatos a los cargos de elección popular (3 de octubre 2021).

- Último día para que los partidos políticos presenten las actas de sus asambleas superiores, donde ratifican sus candidaturas (8 de octubre de 2021).

- Último día para poder realizar traslados de centro de votación, salvo casos de fuerza mayor (21 de enero de 2022).

- Último día para que los partidos políticos o coaliciones con candidaturas inscritas a escala nacional, remitan al programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero las listas de quienes proponen para integrar, como miembros propietarios y suplentes, cada una de las juntas receptoras de votos que se instalarán fuera de Costa Rica (6 de diciembre de 2021).

- Último día para que el programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero se pronuncie acerca de las propuestas de locales donde podrán ser instaladas las juntas receptoras de votos en el extranjero y comunique lo resuelto (6 de diciembre de 2021).

Si bien los últimos dos términos ya estaban en el Reglamento de Voto Extranjero para las elecciones 2018, no fueron incluidos en su, [sic] por lo que se consideró pertinente reflejarlos en el cronograma electoral. Aunado a lo anterior, es importante indicar que hay un término que se incluyó en el cronograma de las pasadas elecciones municipales que también aplica para estas presidenciales, que se sustenta en la reforma establecida mediante decreto n.° 6-2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, nos referimos al siguiente:

- Último día para que los partidos políticos presenten al TSE sus solicitudes de permiso para realizar actividades proselitistas en zonas o sitios públicos (12 de enero de 2022).

Finalmente, en cuanto a las gestiones tendientes a modificar el padrón electoral, se cambió la vigencia de las cédulas caducas para el día 4 de febrero de 2020, tomando en consideración lo indicado en el decreto n.° 3-2020 del TSE: “Prórroga de la Fecha de Vigencia de las Cédulas de Identidad Vencidas e Inicio Paulatino de Renovación”.

No omito indicar que pese a que se aplicaron las disposiciones contempladas en la Ley 9875 relativo al traslado de los feriados, estos no afectaron ninguno de los plazos.

En virtud de lo expuesto, respetuosamente le solicito elevar la propuesta de cronograma a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: 1.- Aprobar el Cronograma Electoral, para que se lea de la siguiente manera:

"CRONOGRAMA ELECTORAL

DICIEMBRE 2020

SÁBADO 5

Último día para que el Poder Ejecutivo pueda variar la División Territorial Administrativa (artículo 1 de la Ley n.° 6068 del 20 de julio de 1977 y artículo 2 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral).

FEBRERO 2021

VIERNES 5

Último día para que los Vicepresidentes de la República, Ministros, Magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia, los Magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, quien ocupe la Dirección General del Registro Civil, los directores o gerentes de las instituciones autónomas y el Contralor y el Subcontralor Generales de la República, que quieran postularse para el ejercicio del cargo de Presidente o Vicepresidente de la República para el período 2022-2026, renuncien a sus cargos (artículo 132 de la Constitución Política).

Último día para que los costarricenses por naturalización obtengan la carta que los acredite como ciudadanos, a efecto de que puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones nacionales (artículos 94 de la Constitución Política y 144 del Código Electoral).

Último día para que el Poder Ejecutivo publique la División Territorial Administrativa (artículos 143 del Código Electoral, 2 de la ley n.° 6068 del 20 de julio de 1977 y 2 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral).

Último día para que el Tribunal Supremo de Elecciones fije el monto de la contribución que el Estado deberá reconocer a los partidos políticos, tomando como base de cálculo el producto interno bruto a precio de mercado, según certificación emitida por el Banco Central de Costa Rica (artículos 90 del Código Electoral y 96 de la Constitución Política).

SÁBADO 6

A partir de este día se integrarán a la conformación ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones, dos magistrados suplentes que fungirán como propietarios hasta seis meses después de celebrarse las elecciones (artículos 100 de la Constitución Política, 13 del Código Electoral y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil).

JUEVES 18

Último día para solicitar la creación de distritos electorales (artículo 5 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral).

JUNIO 2021

SÁBADO 5

Último día para que el TSE pueda dividir un distrito administrativo en dos o más distritos electorales (artículos 143 del Código Electoral y 3 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral).

Último día para que los partidos políticos debidamente inscritos soliciten el cambio de su nombre o divisa, previa modificación estatutaria (artículo 55 del Código Electoral).

AGOSTO 2021

JUEVES 5

Último día para que se dicten resoluciones ordenando la inscripción de partidos políticos (artículo 60 del Código Electoral).

Último día para que los funcionarios públicos señalados en el artículo 109 de la Constitución Política, que aspiren a ser electos como diputados a la Asamblea Legislativa para el periodo 2022-2026, renuncien a sus cargos. En ningún caso las renuncias podrán regir con posterioridad a esa fecha (artículo 109 de la Constitución Política).

Último día para que el Registro Civil prepare las listas provisionales de electores, las cuales deben exhibirse –para consulta de los ciudadanos– durante cuatro meses (artículo 152 del Código Electoral).

Fecha límite para emitir o modificar el Reglamento que establezca las formas y medios para emitir el voto (artículo 169 del Código Electoral).

Último día para que los partidos políticos presenten los pactos de coalición para su inscripción ante la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (artículo 4, inciso g) del Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de la Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas).

Último día para que se apliquen cambios de nomenclatura de las circunscripciones contempladas en la División Territorial Administrativa (artículo tercero del acta de la sesión ordinaria del TSE n.° 16-2015, celebrada el 17 de febrero del 2015).

VIERNES 6

A partir de esta fecha y hasta cuatro meses posteriores a la celebración de la elección, la Asamblea Legislativa no podrá convertir en leyes los proyectos sobre materia electoral respecto de los que el TSE se hubiese manifestado en desacuerdo (artículo 97 de la Constitución Política).

SETIEMBRE 2021

LUNES 6

Inicia el plazo para que los partidos políticos presenten al TSE sus solicitudes de permiso para realizar actividades proselitistas en zonas o sitios públicos (artículo 4 del Reglamento para Autorizar Actividades de los Partidos Políticos en Sitios Públicos, en relación con el numeral 137 del Código Electoral).

A partir de esta fecha deberá estar disponible la División Territorial Electoral (artículo 15 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral).

OCTUBRE 2021

VIERNES 1

A partir de esta fecha quien ocupe la tesorería de los partidos políticos debe remitir al TSE, para su publicación en el sitio web institucional, el estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral).

DOMINGO 3

Último día para que las asambleas superiores de los partidos políticos ratifiquen la designación de los candidatos a los cargos de elección popular (artículo 4 inciso c) del Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de la Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas).

MARTES 5

Último día para recibir gestiones tendientes a modificar el padrón electoral (inclusión de nuevos electores, traslados de domicilio electoral y reincorporación de electores con cédula caduca antes del 4 de febrero de 2020 que, a más tardar en esta fecha, hayan solicitado nuevo documento de identidad) (artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y decreto n.° 03-2020 del TSE). Se exceptúan de esta regla los privados de libertad, en los términos dispuestos por el TSE en resolución n.° 1967-E1-2014. Sin embargo, se continuará con la exclusión de electores por defunción. 

Último día para que se conviertan en ley los proyectos cuyas normas incidan en el proceso electoral.

MIÉRCOLES 6

Convocatoria a elecciones (artículo 147 del Código Electoral).

Inicia el plazo para presentar solicitudes de inscripción de candidaturas (artículo 148 del Código Electoral).

Último día para que el Poder Ejecutivo emita bonos por el monto que el Estado reconocerá a los partidos políticos para efectos del pago de sus gastos (artículos 108 del Código Electoral y 96 de la Constitución Política).

A partir de esta fecha y hasta el día de las elecciones, los tesoreros de las agrupaciones políticas deberán rendir mensualmente ante el TSE los informes sobre donaciones, contribuciones y aportes que reciban (artículos 52 inciso n) y 132 del Código Electoral).

A partir de este día, las reuniones u otras actividades proselitistas en vías públicas, plazas, parques u otros sitios públicos -además de los permisos de las autoridades correspondientes- deberán contar con la autorización del TSE (artículo 137 del Código Electoral).

A partir de esta fecha y hasta el propio día de las elecciones, los concesionarios y los permisionarios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobuses con ruta asignada, deberán prestar el servicio como si fueran días ordinarios (artículo 163 del Código Electoral).

Las erogaciones en las que incurran los partidos políticos, a partir de esta fecha y hasta cuarenta y cinco días naturales después de la elección, se computan como "gastos de campaña" a fin de liquidarlos como parte de la contribución estatal. Este período se ampliará en caso de efectuarse una segunda ronda electoral, para los partidos que participen en ella, hasta cuarenta y cinco días naturales después de realizada (artículo 92 inciso a) del Código Electoral).

A partir de esta fecha los partidos políticos y las coaliciones inscritas podrán acreditar fiscales ante los organismos electorales señalados en el artículo 212 del Código Electoral (artículo 3 del Reglamento para fiscalización de los procesos electivos y consultivos).

Último día para que los consulados de Costa Rica en el extranjero envíen al TSE las gestiones de empadronamiento que se hayan presentado hasta el día 5 de octubre de 2021 (artículo 5 del Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).

JUEVES 7

A partir de esta fecha y hasta el propio día de las elecciones, se prohíbe a las instituciones del Poder Ejecutivo, de la administración descentralizada y de las empresas del Estado, a las alcaldías y los concejos municipales, difundir, mediante cualquier medio de comunicación, información publicitaria relativa a la obra pública realizada (artículo 142 del Código Electoral).

Inicia el plazo para que los institutos, universidades, cualquier persona física o jurídica (pública o privada) y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral, se registren ante el TSE (artículo 138 del Código Electoral y resolución del TSE n.° 0382-E8-2018 de las 11:30 horas del 19 de enero de 2018).

A partir de esta fecha inicia el período para que los organismos o entidades interesadas soliciten a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, la acreditación de sus observadores (artículo 7 del Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos).

VIERNES 8

Último día para que los partidos políticos presenten las actas de sus asambleas superiores, donde ratifican sus candidaturas (artículo sétimo del acta de la sesión ordinaria del TSE n.° 117-2020, celebrada el 8 de diciembre del 2020).

VIERNES 22

Vence el plazo para presentar solicitudes de inscripción de candidaturas (artículo 148 del Código Electoral).

MIÉRCOLES 27

Vence el plazo para que los institutos, universidades, cualquier persona física o jurídica (pública o privada) y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral, se registren ante el TSE (artículo 138 del Código Electoral).

DOMINGO 31

Último día para que quien ocupe la tesorería de los partidos políticos remita al TSE, para su publicación en el sitio web institucional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral).

NOVIEMBRE 2021

MIÉRCOLES 3

Vence el plazo para que la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos convoque a los representantes de los partidos políticos -que presentaron candidaturas- para que asistan al acto en el que se sorteará el lugar que ocupará cada agrupación en las papeletas (artículo 22 del Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de la Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas).

VIERNES 5

Último día en que el Registro Civil y el TSE pueden dictar resoluciones que modifiquen el padrón electoral (artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil), salvo lo referente a los traslados de domicilio de los privados de libertad, en los términos de la resolución n.° 1967-E1-2014 dictada por el TSE.

LUNES 8

Vence el plazo para que los partidos políticos presenten nóminas de delegados propietarios y suplentes a las juntas cantonales (artículo 37 del Código Electoral).

Vence el plazo para que las autoridades consulares propongan, al programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero, los locales donde podrán ser instaladas las juntas receptoras de votos (artículo 20 del Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).

JUEVES 11

Último día para que el TSE se pronuncie acerca las designaciones de las personas propuestas como miembros de las juntas cantonales (artículo 37 del Código Electoral).

DOMINGO 21

A partir de esta fecha inicia la confección de las listas definitivas de electores (artículo 153 del Código Electoral).

DICIEMBRE 2021

LUNES 6

Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen, por escrito, a la respectiva junta cantonal los nombres de los delegados propietarios y suplentes para conformar las juntas receptoras de votos (artículo 41 del Código Electoral).

A partir de esta fecha inicia el período para que solo los partidos con candidaturas inscritas, soliciten, ante la delegación cantonal respectiva de la Fuerza Pública, la inscripción de nuevos locales o clubes políticos (artículo 141 del Código Electoral en relación con el artículo 2 del Reglamento sobre la Autorización y Funcionamiento de los Locales para Uso de los Partidos Políticos).

A partir de esta fecha pueden retirarse de exhibición las listas provisionales de electores (artículo 152 del Código Electoral).

Último día para que los partidos políticos o coaliciones con candidaturas inscritas a escala nacional, remitan al programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero las listas de quienes proponen para integrar, como miembros propietarios y suplentes, cada una de las juntas receptoras de votos que se instalarán fuera de Costa Rica (artículo 11 del Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).

Último día para que el programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero se pronuncie acerca de las propuestas de locales donde podrán ser instaladas las juntas receptoras de votos en el extranjero y comunique lo resuelto (artículo 20 del Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).

JUEVES 9

Último día para que la respectiva junta cantonal acoja las designaciones que hayan hecho los partidos políticos de los miembros propietarios y suplentes de las juntas receptoras de votos, y para que se publique el acuerdo en que se declaren integradas estas juntas, según el orden de la División Territorial Electoral (artículo 41 del Código Electoral).

Los candidatos a la Presidencia de la República deben remitir por escrito a este Tribunal el respectivo plan de medios que detalle la pauta publicitaria de los mensajes navideños; si no fuesen a divulgar este tipo de mensajes durante el citado período, así lo informarán (artículo 7 del Reglamento para la difusión de los mensajes navideños de los candidatos a la presidencia de la república).

JUEVES 16

A partir de esta fecha y hasta el 1° de enero, inclusive, se suspende la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva, así como la celebración de reuniones y otras actividades proselitistas en vías o lugares públicos. Únicamente los candidatos a la Presidencia podrán divulgar tres mensajes navideños, de acuerdo con la reglamentación correspondiente (artículos 136 y 137 inciso d) del Código Electoral).

VIERNES 24

Último día para que el TSE realice los nombramientos de los miembros de las juntas receptoras de votos (artículo 36 del Código Electoral).

ENERO 2022

DOMINGO 2

A partir de esta fecha los partidos políticos inscritos pueden reiniciar la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva, así como la realización de actividades proselitistas en vías o lugares públicos (artículos 136 y 137 inciso d) del Código Electoral).

MIÉRCOLES 5

Último día para que el Registro Civil imprima las listas definitivas de electores (artículo 154 del Código Electoral).

JUEVES 6

Si a esta fecha un miembro de una junta receptora de votos no se ha presentado a rendir juramento, el partido que lo designó tendrá derecho a presentar, dentro de los cinco días hábiles siguientes, un nuevo elector para que asuma como miembro en la junta de que se trate (artículo 42 del Código Electoral).

LUNES 10

Último día para que los partidos políticos o las coaliciones inscritas soliciten la acreditación de sus fiscales generales, cantonales y de juntas receptoras de votos, ante los organismos electorales señalados en el artículo 212 del Código Electoral y último día para que los partidos políticos o coaliciones que hayan inscrito candidaturas puedan solicitar la acreditación de sus fiscales ante las juntas electorales (artículos 3 y 8 del Reglamento para la Fiscalización de los Procesos Electivos y Consultivos).

MIÉRCOLES 12

Último día para que los partidos políticos presenten al TSE sus solicitudes de permiso para realizar actividades proselitistas en zonas o sitios públicos (artículo 4 del Reglamento para autorizar actividades de los partidos políticos en sitios públicos, en relación con el numeral 137 del Código Electoral).

JUEVES 13

Último día para que los partidos políticos presenten solicitudes de sustitución de los miembros de juntas receptoras de votos no juramentados.

VIERNES 21

Último día para poder realizar traslados de centro de votación, salvo casos de fuerza mayor. (artículo sétimo del acta de la sesión ordinaria del TSE n.° 117-2020, celebrada el 8 de diciembre del 2020).

SÁBADO 22

Último día para entregar el material electoral a las juntas cantonales (artículo 158 del Código Electoral).

Último día para que el TSE distribuya, en forma impresa y dividido por distrito electoral, el respectivo padrón a cada junta cantonal (artículo 154 del Código Electoral).

Vence el plazo para que los partidos políticos soliciten la sustitución de fiscales previamente acreditados (artículo 16 del Reglamento para la Fiscalización de los Procesos Electivos y Consultivos).

LUNES 24

Vence el plazo para que los organismos o entidades interesadas soliciten a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos la acreditación de sus observadores (artículo 7 del Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos).

SÁBADO 29

Todo el material electoral debe estar en poder de las juntas receptoras de votos (artículo 158 del Código Electoral).

DOMINGO 30

Último día para que los partidos políticos puedan celebrar reuniones o mítines en zonas públicas (artículo 137, inciso d) del Código Electoral).

FEBRERO 2022

MIÉRCOLES 2

Último día para difundir o publicar parcial o totalmente, encuestas y sondeos de opinión relativas al proceso eleccionario (artículo 138 del Código Electoral).

Último día en que los partidos políticos pueden difundir propaganda en medios de comunicación colectiva (artículo 136 del Código Electoral).

DOMINGO 6

PRIMER DOMINGO DE FEBRERO: Votación ante las juntas receptoras para elegir Presidente y Vicepresidentes de la República y diputados a la Asamblea Legislativa (artículos 133 de la Constitución Política y 150 del Código Electoral).

MARZO 2022

MARTES 8

Debe terminar el escrutinio de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República (artículo 198 del Código Electoral, artículo tercero acuerdo n.° 126-2014 del 2 de diciembre del 2014 del TSE).

Vence el término para que el Tribunal Supremo de Elecciones haga la declaratoria definitiva de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República (artículos 102, inciso 8) de la Constitución Política y 199 del Código Electoral).

MIÉRCOLES 23

Vence el término para que los partidos políticos puedan incluir aquellos gastos justificables generados por su participación en el proceso electoral, a efecto de obtener la contribución estatal (artículo 92, inciso a) del Código Electoral).

ABRIL 2022

DOMINGO 3

PRIMER DOMINGO DE ABRIL: Segunda vuelta de elección presidencial, si fuere necesario (artículos 138 de la Constitución Política y 209 del Código Electoral).

JUEVES 7

Debe terminar el escrutinio de la elección de diputados (artículo 198 del Código Electoral, artículo tercero acuerdo n.° 126-2014 del 2 de diciembre del 2014 del TSE).

Vence el término para que el Tribunal Supremo de Elecciones haga la declaratoria definitiva de la elección de Diputados de la Asamblea Legislativa de la República (artículos 102, inciso 8) de la Constitución Política y 199 del Código Electoral).

MAYO 2022

MIÉRCOLES 18

Vence el término para que los partidos políticos puedan incluir aquellos gastos justificables generados por su participación en el proceso electoral correspondiente a una eventual Segunda Vuelta de la Elección Presidencial, a efecto de obtener la contribución estatal (artículo 92, inciso a) del Código Electoral).

AGOSTO 2022

DOMINGO 7

A partir de esta fecha el TSE vuelve a quedar conformado con tres magistrados propietarios (artículos 100 de la Constitución Política, 13 del Código Electoral y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil).

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NOTAS:

1) De acuerdo con el primer párrafo del artículo 60 del Código Electoral, la solicitud de inscripción de nuevos partidos debe presentarse en el plazo de dos años contados a partir de la fecha de la respectiva acta de constitución, siempre que no sea en los doce meses antes de la elección en que se pretenda participar. En el extraordinario marco que impone la actual emergencia sanitaria, el TSE suspendió ese plazo bianual, tratándose de los partidos en proceso de constitución que ya les estuviera corriendo el 24 de marzo de 2020, y dispuso levantar esa suspensión a partir del 1 de octubre siguiente.  En tal virtud y en consonancia con lo establecido en la resolución n.° 0108-E3-2021 de 7 de enero de 2021, el indicado plazo bianual debe computarse tomando en cuenta ese período de suspensión. La solicitud de inscripción que se presente antes de que venza ese plazo, entonces, deberá conocerla y resolverla el Registro Electoral, aún cuando falten menos de doce meses para la elección de febrero de 2022. Sin embargo, mantiene plena vigencia la prohibición del párrafo segundo del artículo 60 del Código Electoral, en el sentido de que no podrá el Registro Electoral ni el TSE dictar resolución alguna que ordene inscribir partidos dentro de los seis meses previos al día de la elección, veda que en esta oportunidad rige a partir del 6 de agosto de 2021. En tal virtud, la posibilidad de resolver positivamente y en tiempo las solicitudes de inscripción que las agrupaciones presenten en fecha posterior al 5 de febrero de 2021 (por beneficiarse de la suspensión del referido plazo bianual) queda supeditada a que lo hagan con razonable antelación y cumpliendo con todos los requisitos legalmente establecidos y que, de ser necesario, atiendan oportuna y diligentemente las eventuales prevenciones que se les formulen. Caso contrario, el partido será el único responsable de no poder participar en los próximos comicios de no haberse podido dictar la resolución de inscripción por encontrarnos dentro del semestre previo a la elección correspondiente. 

2) Tan pronto se produzca la declaratoria de elección de diputados, el TSE dispondrá por resolución, debidamente fundada, la distribución del aporte estatal entre los partidos políticos que tengan derecho a ella (artículo 90 del Código Electoral).

3) Los partidos políticos con derecho a recibir el aporte estatal pueden presentar su liquidación de gastos de campaña, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la declaratoria de elección de diputados (artículo 107 del Código Electoral).

4) Dentro de los ocho días posteriores a la publicación del acuerdo que declare integradas las juntas cantonales, los integrantes de éstas concurrirán a presentar juramento ante el asesor electoral que el TSE designe o la autoridad de policía del lugar respectivo (artículo 38 del Código Electoral).

5) Los institutos, las universidades, cualquier persona pública o privada, las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político electoral inscritos según el artículo 139 del Código Electoral, mantendrán en custodia y a disposición del TSE los documentos que respaldan las encuestas y los sondeos publicados durante el período de campaña electoral, desde el día de su publicación y hasta el día siguiente a la declaratoria oficial del resultado de las elecciones, según corresponda (artículo 140 del Código Electoral). Asimismo, el ente responsable deberá, el propio día que difunda o publique una encuesta o sondeo de opinión de carácter político electoral, remitir a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos la ficha técnica del estudio (artículo 7 del Reglamento sobre la inscripción para la realización de encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral).".

2.- Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas con su debida divulgación. La Secretaría General de este despacho lo hará de conocimiento de los partidos políticos. Colóquese en el sitio web institucional. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0031-2021 del 12 de enero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente, someto a consideración de la señora magistrada y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

 

Titular

 

Sustituto

 

Periodo

 

Motivo

 

Tipo

 

Oficio

Actos Jurídicos

German Rojas Flores

Ángel Francisco Meléndez Delgado

A partir de la firmeza del acuerdo así lo autorice, hasta el 15 de enero de 2021.

Disfrute de vacaciones del titular  del 11 al 15 de enero de 2021

Encargo

RH-0081-2020

 

Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación para que el señor Meléndez Delgado sustituya al señor Rojas Flores en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.

B) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0080-2021 del 13 de enero de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en oficio n° RH-0085-2021 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

1.      William Castro Badilla

Oficina de Seguridad Integral

357835, Asistente Funcional 1

2.      Juan José Delgado Cubillo

Departamento Civil

45652, Asistente Administrativo 1

3.      Salvador Arguello Ruiz

Oficina Regional de Upala

45940, Asistente Funcional 3

4.      Marcela María Mora González

Departamento de Proveeduría

45449, Profesional Ejecutor 3

5.      Magally Chinchilla Fernández

Sección de Opciones y Naturalizaciones

357809, Técnico Funcional 2

6.      Luis Mata Gutiérrez

Sección de Actos Jurídicos

76371, Profesional Asistente 1

7.      Lisandro Gamboa Gamboa

Oficina Regional de Tarrazú

45619, Asistente Funcional 3

8.      Lincy Acuña Arce

Departamento de Registro de Partidos Políticos

76403, Asistente Funcional 2

9.      José Mario Rodríguez Quirós

Oficina Regional de Upala

47864, Asistente Administrativo 2

10.   Ilenia Ortiz Ceciliano

Dirección Ejecutiva

45577, Profesional Ejecutor 3

11.   George Louis Villegas Zúñiga

Oficina Regional de Pococi

45613, Asistente Funcional 3

12.   Elizabeth Anchía Calderón

Secretaría General del Tribunal

86314, Auxiliar Operativo 1

13.   Edwin Calderón Velasquez

Departamento de Proveeduría

47831, Asistente Administrativo 2

14.   Cristhian Javier Alvarado Hidalgo

Oficina de Seguridad Integral

95545, Técnico Funcional 1

15.   Yamileth Torres Abarca

Departamento de Contaduría

45439, Profesional Ejecutor 3

16.   Wilson Sánchez Carranza

Oficina Regional de Los Chiles

47865, Asistente Funcional 3

17.   Priscilla Garita Solano

Oficina Regional de Heredia

101874, Asistente Funcional 2

18.   Michael Badilla Abarca

Oficina Regional de Perez Zeledón

45944, Asistente Funcional 3

19.   Juan José Calvo Araya

Oficina Regional de Turrialba

86321, Asistente Funcional 3

20.   Jorge David Padilla Quirós

Departamento de Coordinación de Servicios Regionales

45945, Asistente Funcional 3

21.   Jacqueline Núñez Brenes

Oficina Regional de Heredia

97474, Asistente Funcional 3

22.   Isabel Bolaños González

Oficina Regional de Grecia

101924, Asistente Funcional 3

23.   Guiselle Leitón Alvarado

Dirección General de Estrategia Tecnológica

86303, Profesional Funcional 1

24.   Argerie Rodríguez Montero

Departamento Civil

45666, Asistente Administrativo 1

25.   Annie Salazar Sorio

Oficina Regional de Limón

54400, Asistente Funcional 3

26.   Adolfo Centeno Acevedo

Oficina Regional de Puntarenas

86316, Asistente Funcional 3

 

En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 14 sería a partir del 16 de enero, para quienes se incluyen en las líneas 15 a 26 a partir del 1° de febrero y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero. Para el caso indicado en la última línea del cuadro se trata de una prórroga interina en aplicación del artículo 36-Bis del Reglamento a la Ley de Salarios, lo cual se solicita prorrogar de conformidad con lo que se indica.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Traslado en propiedad en la Oficina Regional de Puntarenas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DGRA-0010-2020 [sic] de las ocho horas y quince minutos del trece de enero de dos mil veintiuno, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, aclarando que se trata de un puesto que se mantiene ocupado y que quedará vacante a partir del 16 de enero, producto del retorno de la funcionaria Dayanara Chavarría Mena al puesto n.° 45939, según lo aprobado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 117-2020, celebrada el 8 de diciembre de 2020, comunicado mediante oficio n.° STSE-2460-2020 de la misma fecha RESUELVO efectuar el traslado en propiedad que se detalla a continuación:

OFICINA REGIONAL DE PUNTARENAS

Funcionario

José Anibal [sic] González Araya

Puesto en el que se propone nombrar

76405, Asistente Funcional 3, Asistente 3 de Oficina Regional

Fecha de rige propuesta

16 de enero de 2021

Oficio del Departamento de

Recursos Humanos

RH-2800-2020 del 15 de diciembre de 2020.

Oficio de la jefatura

CSR-498-2020 del 4 de diciembre de 2020.

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Revocatoria de nombramiento de Secretaria 2 en la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0030-2021 del 12 de enero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 121-2020, celebrada el 17 de diciembre de 2020, comunicado mediante oficio n.° STSE-2612-2020 de la misma fecha, se dispuso nombrar en propiedad a la colaboradora Anabelle Herrera Rodríguez en el puesto 45686 de Secretaria 1 de la Sección de Opciones y Naturalizaciones a partir del primero de enero de 2021.

El citado nombramiento dependía del nombramiento propuesto en resolución DGRA-231-2020 de la señora Ana Isabel Gutiérrez Castro, en el puesto 45759, Asistente en Servicios Registrales Civiles de la Sección de Opciones y Naturalizaciones

A través del oficio STSE-0031-2021 de fecha 5 de enero de 2021, se devolvió sin tramitar la solicitud de nombramiento de la señora Ana Isabel Gutiérrez Castro, quien es la propietaria del puesto 45686 antes señalado, razón por la cual, respetuosamente, solicito revocar el nombramiento de la señora Herrera Rodríguez en el puesto referido, en virtud de que nunca estuvo vacante.

En caso de aprobarse lo anterior, se solicita mantener en forma interina a la colaboradora Herrera Rodríguez en el puesto n.° 45695, de Secretario/a 2 en el Departamento Electoral hasta el 15 de enero, el cual venía ocupando interinamente de previo a la adopción del acuerdo comunicado mediante oficio n.° STSE-2612-2020. Esto en virtud de que, conforme lo dispuesto por el Tribunal el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 3-2021, celebrada el 12 de enero, comunicado por medio del oficio n.° STSE-0064-2021 de la misma fecha, la funcionaria Herrera Rodríguez a partir del 16 de enero ocupara [sic] en propiedad el puesto n.° 101896 de Secretario/a 2, Asistente Funcional 3, en la Secretaría General del TSE.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Encargo de funciones en el Archivo Central y recargo de funciones en la Sección de Ingeniería de Software. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0081-2021 del 13 de enero de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo y recargo de funciones que se detallan a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Archivo Central

Katia Zamora Guzmán

Adriana Mena Aguilar

Del 15 al 16 de enero de 2021

Encargo de funciones

Ingeniería de Software

Juan Carlos Corrales Umaña

Pamela Garbanzo Valverde

Del 18 de enero al 12 de febrero de 2021

Recargo de funciones

 

  Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo y recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Nombramiento interino en la Oficina Regional de Puntarenas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0037-2021 del 14 de enero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo planteado en el oficio RH-0099-2021 del Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación del nombramiento interino que se detalla a continuación:

 

 

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

NÚMERO DE OFICIO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

1.-   Oficina Regional de Puntarenas

46161,

Asistente Funcional 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CSR-0012-2021

Plaza de cargos fijos vacante con solicitud de trámite concursal pendiente de calendarización, según punto N. 5 del oficio O-CSR-0505-2020 del 8 de diciembre de 2020. Sujeto a la aprobación de la resolución DGRA-10-2021.

Vanessa Buzano Mendoza,

16-ENE de 2021 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora para la institución desde el 2 de noviembre de 2015, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto idéntico en esa misma sede regional, con un nombramiento que vence precisamente el próximo 15 de enero. 

Actualmente el puesto 46161 se encuentra ocupado por el señor José Aníbal González Araya, a favor de quien se propuso un traslado en propiedad al cargo 76405 a partir del 16 de enero de 2021, según resolución número DGRA-0010-2020 (sic), emitida el 13 de enero de 2021 por la Dirección General del Registro Civil.

 

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

G) Prórroga del encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0038-2021 del 14 de enero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente, someto a consideración de la señora magistrada y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de ampliación de encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

 

Titular

 

Sustituto

 

Periodo

 

Motivo

 

Tipo

 

Oficio

Actos Jurídicos

German Rojas Flores

Ángel Francisco Meléndez Delgado

A partir de la firmeza del acuerdo así lo autorice, hasta el 22 de enero de 2021.

 

Disfrute de vacaciones del titular  del 18 al 22 de enero de 2021

Ampliación de Encargo

 

 

RH-0100-2021

 

Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación para que el señor Meléndez Delgado sustituya al señor Rojas Flores en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la prórroga del encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron