ACTA Nº 92-2005
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil cinco, con asistencia del señor Magistrado Fonseca Montoya, quien preside, la señora Magistrada Zamora Chavarría, los señores Magistrados Casafont Odor, Rodríguez Chaverri y la señora Magistrada Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Zetty Bou Valverde, por no haber participado de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:
1) Oficio Nº 4300-DE del 21 de setiembre del 2005, en el que informa sobre las principales modificaciones realizadas al Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio Económico del año 2006, durante su trámite en la Dirección de Presupuesto Nacional, que derivó en la versión que se encuentra actualmente en conocimiento de la Asamblea Legislativa, y de conformidad con los argumentos que expone recomienda lo que se transcribe a continuación:
“Con base en la anterior información, se recomienda al Superior remitir atenta nota al señor Director de Presupuesto Nacional solicitando lo siguiente:
· Indicar el criterio aplicado para modificar -en el caso de la planilla de servicios especiales- la vinculación que de previo se había definido entre cada plus salarial y su correspondiente subpartida en el nuevo clasificador del gasto, así como la posible implicación que tendría dicho cambio en la ejecución en el sistema INTEGRA y el sistema SIGAF, de modo que se garantice por parte del Ministerio de Hacienda que no habrá problemas en el pago a los funcionarios involucrados.
· Se valore la posibilidad de modificar la información contenida en los cuadros comparativos de liquidación presupuestaria de los años 2004 y 2005 al existir errores conceptuales respecto a la forma como se ejecutó y presupuestó para los ejercicios citados en el Tribunal Supremo de Elecciones.
· Se realice la corrección en la coletilla de la subpartida 60404 “Transferencias Corrientes a otras entidades privadas sin fines de lucro” para corregir el error material y se lea “Contribución Estatal”.
· Se envíen las mociones respectivas a la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.”
Se dispone: Proceda la Secretaría del despacho conforme se propone. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 4308-DE del 22 de setiembre del 2005, al que adjunta memorando Nº 217-2005-DRH del 20 de este mes, suscrito por la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, en el que informa la jornada extraordinaria laborada por el exservidor Rodolfo Luis Astúa Rojas en el mes de agosto, la cual no puede ser pagada por los medios usuales, debido a su renuncia por acogerse a pensión a partir del 1º de los corrientes. Por consiguiente se recomienda que tal como se ha realizado en otras ocasiones, se cancele el monto por medio de una resolución administrativa que confeccionaría la Asesoría Jurídica.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría y la Asesoría Jurídica para que procedan según corresponda. Asimismo, se le reitera al Departamento de Recursos Humanos, el acuerdo tomado por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 51-2005 del 24 de mayo del año en curso, comunicado por oficio Nº 3325-TSE-2005, en donde se aprobaron las recomendaciones de la Asesoría Jurídica para el trámite de pago de cualquier gestión de prestaciones laborales. ACUERDO FIRME.
b) De los señores Javier Vega Garrido, Proveedor, y Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio Nº 344-2005 CS del 22 de setiembre del 2005, en el que informan que el pasado 21 de setiembre, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia notificó vía fax, la resolución de las 14:07 horas del 14 de setiembre del año en curso, relacionada con el recurso de amparo que se tramita en expediente Nº 05-011824-0007-CO, interpuesto por el señor Cristian Roberto Aguilar Muñoz, en contra del Contralor de Servicios, Jefes del Departamento de Proveeduría y Oficina de Seguridad y Vigilancia, así como del Secretario del despacho. Además manifiestan que dicho recurso se relaciona con la administración del puesto de venta de especies fiscales que se ubica en las instalaciones del Tribunal. Lo anterior lo hacen del conocimiento de este Tribunal con el fin de que se giren instrucciones al Prosecretario del Tribunal para que certifique la documentación que en su momento se remitirá a dicha Sala.
Se dispone: Proceda el señor Prosecretario conforme se gestiona. ACUERDO FIRME.
c) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce:
1) Oficio Nº 2083-2005 del 26 del mes en curso, en el que informa -con el objeto de que sea rectificado de conformidad con la Ley General de la Administración Pública en su artículo 157- que respecto a los ítem Nº. 6, 8, 9 y 10 del cartel de la licitación restringida Nº. 02-2005, por un error material del analista a cargo del estudio, se indicó que el monto total a adjudicar a la firma IPL Sistemas S.A. era de $9.449.00, siendo lo correcto $2.495.50, aclara a su vez, que los precios unitarios de esos ítem se consignaron correctamente.
Se dispone: Conforme se solicita, con respecto a la licitación restringida Nº. 02-2005, promovida para la: “Compra de partes varias para equipo de cómputo”, respecto a los ítem números 6, 8, 9 y 10 del respectivo cartel, se corrige el error material en el sentido de que el monto total a adjudicar a la firma IPL Sistemas S.A., es la suma de $2.495.50 (dos mil cuatrocientos noventa y cinco con cincuenta centavos de dólar estadounidense) y no como por error se consignó. Publíquese en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 2085-2005 del 26 de setiembre del 2005, mediante el cual adjunta para su respectiva aprobación, el pliego de condiciones y especificaciones que reglamentará la licitación por registro: “Rotulación de sacos de polipropileno”.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 2094-2005 del 26 de setiembre del 2005, en el que manifiesta lo que se transcribe a continuación:
“Con el fin de que se sirva someterlo a conocimiento de la señora y señores Magistrados, me permito adjuntar un cuadro relacionado con las actividades desplegadas por diferentes Departamentos en torno al procedimiento de la contratación directa N° 241-2005, tramitado para contratar apoyo técnico al Departamento TIC necesario para trasladar el sistema de elecciones como medida contigencial (sic) asociada al proceso electoral, y que fuera autorizada por la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República por medio del oficio N° 09898 (DAGJ-2386-2005) del 12 de agosto de este año, recibido en esa Secretaría el 22 de agosto y conocido por el Superior en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria N° 81-2005, celebrada el 23 de ese mes (Oficio N° 5222-TSE-2005 de dicha Secretaría de ese mismo día).
Por su lado, se adjunta un cronograma tentativo de las actividades que se complementarán a partir de la recepción de la única oferta que se recibió hoy y hasta el envío del expediente a la Asesoría Jurídica para la respectiva formalización, del cual se hace notar que el plazo de 10 días hábiles que contempla la actividad N° 8, que se refiere a la firmeza del acto -que en principio se obviaría dado que no se produjo concurso pues sólo se recibió una oferta- bien podría aprovecharse para que la Asesoría Jurídica elabore desde ya un proyecto de contrato marco a partir de las condiciones cartelarias que están disponibles, de manera tal que se complete la formalización con los datos concretos de la adjudicación.
Así, puede apreciarse de la información que contienen sendos cuadros, que las actividades desplegadas por los Departamentos involucrados se ajustan a tiempos reales y razonables según su competencia y en atención a la importancia que desde un inicio se le atribuyó a esta contratación, misma en la que originalmente no se había formulado un cartel ni celebrado reuniones de realimentación para analizar la situación actual, dado que el escenario de contratación entonces visualizado dista del efectivamente autorizado.”
Se dispone: Proceda la Asesoría Jurídica institucional conforme lo recomienda el señor Proveedor. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 719-2005 del 26 de setiembre del 2005, quien brinda información relacionada con el financiamiento del Estado a los partidos políticos y la fijación del 0.19% del Producto Interno Bruto, con el objeto de que sirva de base para fijar el monto correspondiente para el proceso electoral del 2006, conforme lo señala el artículo 96 de la Constitución Política de la República.
Se dispone: Aprobar. Procédase a dictar la resolución correspondiente, tomando como base el monto del Producto Interno Bruto a precios básicos conforme ya lo dispuso el Tribunal en el acuerdo adoptado en la sesión Nº 70-2005 del pasado 19 de julio, comunicado mediante oficio Nº 4542-TSE-2005. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 1253-2005-DRH del 26 de setiembre del 2005, al que adjunta oficio del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, en la que solicita se dejen sin efecto las vacaciones y el encargo que había solicitado para disfrutar a partir del 26 de setiembre del año en curso. Asimismo, eleva a consideración de este Tribunal oficio de la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, en el que informa que fue incapacitada por los servicios médicos de la institución del 26 al 30 de setiembre en curso, por lo que solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el señor Fallas Vargas.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 431-C.P.E.-2005 del 26 de setiembre del 2005, mediante el cual informa que, a efecto de cumplir con lo que establece el artículo 21 del Código Municipal, remitió el oficio Nº 091-CPE-2005 del 6 de abril del año en curso en el cual informaba al Tribunal la cantidad de regidores propietarios y suplentes que deberían conformar las municipalidades para el período 2006-2010, basado en la información brindada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) sobre los datos de población de cada uno de estas. No obstante, informa también el señor Fernández Masís que el pasado viernes 23 de setiembre, el Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, le informó que había detectado un error en los datos aportados, concretamente en lo que se refiere a Upala, el cual tiene un porcentaje de población del 1.01 % por lo cual la Municipalidad respectiva debería estar conformada por 7 regidores y no por cinco como por error se consignó, solicitando se modifique el Decreto Nº 4 -2005, en lo que corresponde a la conformación de la Municipalidad de Upala.
Se dispone: Tómese nota de la corrección formulada por el Lic. Fernández Masís, a efectos de ser incluido en el Decreto de Convocatoria a Elecciones. ACUERDO FIRME.
g) De la señora María del Rocío Sáenz Madrigal, Ministra de Salud y Coordinadora del Consejo Social, se conoce oficio Nº CS-196-05 del 19 de setiembre del 2005, recibido el pasado 23, mediante el cual, con fundamento en los antecedentes que expone, solicita indicar las políticas y acciones institucionales que hayan sido impulsadas por el país durante la presente Administración de Gobierno para eliminar tratos discriminatorios, en particular aquellas acciones institucionales en la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y de los migrantes. Agrega que esperan contar con la información requerida en digital y por escrito, a más tardar el 30 de setiembre del año en curso.
Se dispone: Para su atención en los aspectos que atañen a este Tribunal y dentro del plazo señalado, se comisiona al señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Alberto Sáenz Pacheco, Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, se conoce oficio Nº P.E. 31.728-05 del 22 de setiembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se les facilite una copia de la Base de Datos Civiles (sic) del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Pase al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para su atención, tomando en cuenta las resoluciones que sobre la información considerada privada se han emitido. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Humberto Camacho Herrera, Director del Departamento de Servicios Generales del Ministerio de Educación Pública, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. SG-0690-05 del 22 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de la solicitud efectuada por este Tribunal del préstamo de vehículos para las actividades electorales, informa que dicha entidad facilita dos vehículos con las características que describe, así como sus respectivos operadores móviles.
Se dispone: Agradecer la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, del encargado del respectivo programa y de la Asesoría Jurídica para la confección del respectivo convenio de cooperación. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Carlos Luis Arce Vargas, Gerente de Administración del Patronato Nacional de la Infancia, se conoce oficio Nº. GA-1162-2005 del 14 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de la solicitud efectuada por este Tribunal del préstamo de vehículos para las actividades electorales, informa que su despacho cursó invitación a todos los Coordinadores Regionales y Operadores de Equipo Móvil de esa institución que estuvieran interesados en colaborar en la atención de las elecciones los días 4 y 5 de febrero del 2006, y procede a enlistar el nombre de las personas que cooperarán y el respectivo vehículo.
Se dispone: Agradecer la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, del encargado del respectivo programa y de la Asesoría Jurídica para la confección del respectivo convenio de cooperación. ACUERDO FIRME.
k) Del señor Leiner Vargas Alfaro, Vicerrector de Desarrollo de la Universidad Nacional, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. V.DES-1949-2005 del 20 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de la solicitud efectuada por este Tribunal del préstamo de vehículos para las actividades electorales, indica que dicha entidad está en capacidad de poner a disposición dos vehículos con sus respectivos choferes.
Se dispone: Agradecer la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, del encargado del respectivo programa y de la Asesoría Jurídica para la confección del respectivo convenio de cooperación. ACUERDO FIRME.
l) De la señora Miriam Mora Méndez, Directora a.i. Área de Desarrollo Institucional de la Procuraduría General de la República, se conoce oficio Nº ADI-201-2005 del 23 de setiembre del 2005, en el que solicita -por las razones que expone- autorización para que el Grupo de Teatro institucional “Dejando Huella”, se presente el próximo 29 de setiembre, a las 2:00 p.m. en sus instalaciones, para lo cual proporcionarían el transporte.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.
m) Del señor Carlos Retana Retana, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Alajuelita Nueva, se conoce oficio sin número del 26 del mes en curso, en el que comunica que esa agrupación política celebrará su Asamblea Cantonal, en el lugar, fecha y hora, según detalle adjunto.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
n) Del señor Óscar López, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Accesibilidad sin Exclusión, se conoce oficio sin número del 26 del mes en curso, quien solicita se les apruebe (sic) la realización de las diez asambleas cantonales de Turrubares, Puriscal, Santa Ana, Moravia, Alajuelita, Desamparados, San José, Aserrí, Coronado y Curridabat, que han programado realizar el 4 de octubre a partir de las 6:15 a.m., para la elección de candidatos a regidores titulares y suplentes.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
ñ) Del señor Fabio Delgado Hernández, Presidente del Comité Ejecutivo Superior, del Partido Rescate Nacional, se conoce oficio sin número del 26 del mes en curso, en el que informa que celebrarán su asamblea nacional el próximo 1 de octubre conforme lo detalla y en la dirección que indica.
Se dispone: Dado que este Tribunal por acuerdo adoptado en sesión Nº 90-2005, artículo segundo, comunicado por oficio Nº 5918-TSE-2005 del 20 de setiembre en curso, aprobó la respectiva fiscalización, póngase la comunicación en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para que tome nota del cambio de dirección en que la misma se efectuará. ACUERDO FIRME.
o) De los señores José Francisco Salas Ramos y Carlos Manuel Salas Ramos, Presidente y Secretario General, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Partido Auténtico Herediano, se conoce oficio Nº. PAH-192-05 del 26 del mes en curso, en el que solicitan incorporar dentro de la agenda de la Asamblea Provincial a celebrarse el 30 de setiembre, un nuevo punto para modificar los estatutos de dicha agrupación política, el cual detalla.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
p) De la señora Elizabeth Fonseca, Secretaria del Comité Ejecutivo Superior del Partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente a oficio PAC-OR-493-2005, en el que comunica la suspensión de la Asamblea Cantonal de Jiménez, Cartago, programada para el 28 de setiembre en curso.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
q) Del señor Luis Eduardo Arata Herrero, Secretario General del Comité Ejecutivo Superior del Partido Guanacaste Independiente, se conoce fax correspondiente a oficio Nº PGI 016-2005 del 22 del mes en curso, en el que comunica la reprogramación de las Asambleas Cantonales de Nicoya, Hojancha y Tilarán, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
r) Del señor José Merino del Río, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Frente Amplio, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 21 del mes en curso, en el que comunica la programación de las asambleas cantonales de Vásquez de Coronado, Moravia, Acosta, Pérez Zeledón y Turrubares, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
s) Del señor Gerardo Medina Ángulo, Secretario del Comité Ejecutivo Superior del Partido Unión Nacional, se conoce:
1) Oficio Nº SEC 14-09 del 22 del mes en curso, en el que comunica la convocatoria de las asambleas cantonales de La Cruz, San Pablo, Sarapiquí, San Carlos, Montes de Oro y Puntarenas, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº SEC 16-09 del 23 del mes en curso, mediante el cual informa que dicha agrupación política realizará asambleas cantonales en Bagaces, Carrillo y Tilarán de la provincia de Guanacaste, en Goicoecheca y Cantón Central de San José, en Pococí, Guácimo, Siquirres, Matina, Talamanca y Cantón Central de la provincia de Limón; detallando lugares, horas, fechas y agendas a conocer, respectivamente.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, quedando sujetas las de Bagaces y Goicoechea, a que en el plazo de 24 horas se presente ante la Coordinación de Programas Electorales, las autorizaciones para el uso de las respectivas instalaciones de los centros educativos. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
t) Del señor Rodrigo Arias Gutiérrez, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Verde Ecologista, se conoce fax correspondiente a oficio sin número y sin fecha, recibido en esta Secretaría del 23 del mes en curso, en el que comunica que esa agrupación política llevará a cabo su asamblea el próximo 2 de octubre, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, quedando sujeta a que en el plazo de 24 horas se informe ante la Coordinación de Programas Electorales el nombre y número de teléfono de la persona encargada o responsable de la respectiva asamblea. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
u) De la señora Isabel Arias Calderón, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Integración Provincial Tres, se conoce nota del 21 del mes en curso, mediante la cual indica que dicha agrupación política realizará su Asamblea Provincial el próximo 2 de octubre; detallando la dirección, hora y agenda a conocer.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
v) Del señor Róger Madriz Corrales, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido El Puente y los Caminos de Mora, se conoce nota del 21 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asamblea cantonal en Ciudad Colón; detallando hora, fecha, dirección y agenda a conocer.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
w) De la señora Ana Felicia Torres Redondo, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Nueva Liga Feminista, se conocen fax del 23 del mes en curso, mediante los cuales solicitan la supervisión respectiva para las asambleas cantonales que dicha agrupación política realizará en Montes de Oca y Desamparados de la provincia de San José, y de la Asamblea Provincial para octubre próximo; detallando lugares, horas, fechas y agendas a conocer, respectivamente.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, quedando sujetas la asamblea cantonal de Desamparados y la Provincial, a que en el plazo de 24 horas se presente ante la Coordinación de Programas Electorales, las autorizaciones para el uso de las instalaciones de los respectivos centros educativos. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
x) De la señora Laura Queralt Camacho, Secretaria del Comité Ejecutivo del Partido Nueva Liga Feminista, se conocen fax (2) correspondientes a oficios sin número del 23 del mes en curso, en los que solicita la supervisión de la asamblea cantonal de San José, pero ambos con diferente información.
Se dispone: De previo a resolver, en el plazo de 24 horas, aclare la gestionante las diferencias que contienen sus solicitudes. ACUERDO FIRME.
y) De la señora Ana Carcedo Cabañas, Vocal Primera del Comité Ejecutivo Superior del Partido Nueva Liga Feminista, se conoce oficio Nº PNLF 100 del 22 del mes en curso, mediante el cual solicita la supervisión de la asamblea cantonal de Alajuelita, que han programado realizar según detalle.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
z) Del señor Gian Carlo Mazzali Alfaro, Secretario del Comité Ejecutivo Superior del Partido Yunta Progresista Escazuceña, se conoce oficio sin número del 22 del mes en curso, en el que comunica que esa agrupación política celebrará una Asamblea Cantonal el jueves 6 de octubre, conforme lo detalla, por lo que solicita la presencia de un delegado de este Tribunal.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, quedando sujeta a que en el plazo de 24 horas se informa ante la Coordinación de Programas Electorales el nombre y número de teléfono de la persona encargada o responsable de la respectiva asamblea. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
a.1) Del señor Ricardo Fournier Vargas se conoce nota del 19 de setiembre del 2005, quien en condición de apoderado generalísimo de la empresa Agrosuperior S.A., se refiere al oficio Nº 5627-TSE-2005, y ratifica que dicha empresa al fusionarse con Agricultura Mecanizada S.A., adquiere todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, y por lo tanto manifiesta expresamente el respectivo compromiso, señalando el correspondiente número de cuenta para efectos de pago correspondiente al mantenimiento de la planta eléctrica.
Se dispone: Para su estudio e informe, conjuntamente con la documentación recibida el 31 de agosto pasado, pase a la Asesoría Jurídica de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, se conoce:
a) Oficio Nº 1537-2005-D.G. del 21 de setiembre del 2005, según el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, la gestión del señor Juan José Valerio Vindas, representante de la empresa Jardines Tropicales y Forestales La Paz, S.A., empresa propietaria del Camposanto La Unión, para que se le autorice para fungir como Registrador Auxiliar de estos organismos. Al respecto, el Lic. Fallas Vargas, de conformidad con el estudio realizado por la Sección de Inscripciones, pide que se otorgue la condición de Registrador Auxiliar al Camposanto La Unión, en la persona del Ing. Juan José Valerio Vindas, mayor, casado una vez, ingeniero industrial, cédula de identidad número cuatro-ciento cinco-cuatrocientos noventa y ocho, vecino de Concepción de San Isidro de Heredia, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo de la indicada empresa.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Publíquese en el Diario Oficial.
b) Oficio Nº 1549-2005-D.G. del 22 de setiemebre del 2005, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, tres ternas para llenar en propiedad -a partir del próximo 1º de octubre- igual número de plazas de Auxiliar de Operación asignadas a la Oficialía Mayor Civil.
Se dispone: Nombrar a las personas que ocupan el primer lugar de cada terna, sean los señores Jeffrey Salazar Montero, Mauricio Morales Carvajal y la señora Marisabel Rodríguez Benavides, a partir del 1º de octubre próximo.
c) Oficio Nº 1563-2005-D.G. del 22 de setiembre del 2005, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, terna para llenar en propiedad -a partir del 16 de octubre- la plaza de Jefe de la Oficina Regional de San Ramón.
Se dispone: Nombrar a la primera persona de la terna, sea el señor Alcides Chavarría Vargas, a partir del 16 de octubre del año en curso.
ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:
a) Oficio Nº 4310-D.E. del 22 de setiembre del 2005, en el que informa sobre la gestión planteada por el señor Humberto Camacho Herrera, Director del Departamento de Servicios Generales del Ministerio de Educación Pública, para que se les facilite un vehículo con el respectivo chofer para la distribución de pruebas nacionales, concluyendo que lamentablemente en esta oportunidad no es factible atender la petición por las razones que se sirve exponer.
Se dispone: Tener por rendido el informe que presenta el señor Víquez Jiménez, el cual se hará del conocimiento del señor Camacho Herrera, Director del Departamento de Servicios Generales del Ministerio de Educación Pública.
b) Oficio Nº 87-2005- C. de C. del 21 de setimbre del 2005, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº556-05, celebrada por la Comisión de Construcciones el 20 de setiembre pasado.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando sobre el particular.
ARTÍCULO QUINTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:
a) Oficio Nº A.J. 403-2005 del 23 de setiembre del 2005, el que -en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 164-2004 de 9 de diciembre del año pasado, comunicado por oficio Nº 5197-2004 de esa misma fecha- se pronuncia sobre la diferencia de criterio suscitada a propósito de la compra de licores y la vinculatoriedad (sic) o no de la respectiva directriz presidencial, arribando a la conclusión categórica de que según el fundamento jurídico expuesto, la veda para la compra de licores en el Tribunal no tiene asidero legal, y no se puede cimentar tal prohibición ni en la circular Nº 378, emitida por la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, ni en el acuerdo presidencial Nº 003-P, por lo cual resulta que dicha norma no vincula a este Tribunal.
Se dispone: Tener por rendido el informe de la Asesoría Jurídica institucional, cuya conclusión se acoge. Póngase en conocimiento de la Contaduría y Proveeduría institucionales.
b) Oficio Nº A.J. 406-2006 del 23 de setiembre del 2005, quien por las razones que expone, manifiesta que considera que no corresponde realizar resolución alguna de traslado de la señora Christina Jiménez Ortiz, a este Tribunal.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 2084-2005 del 26 de setiembre del 2005, al que ajunta para la respectiva aprobación, los pliegos de condiciones y especificaciones que reglamentarían las licitaciones por registro: “Compra de un sistema de prevención de intrusos”, y “Servicio de soporte especializado en la plataforma Microsoft”.
Se dispone: Aprobar.
ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 701-2005 del 21 de setiembre del 2005, en el que informa sobre la solicitud planteada por la apoderada generalísima de la empresa Hontoria del Pinar S.A., para que se reajuste del precio del alquiler del local que alberga la Oficina Regional de Turrialba, sugiriendo se acepte el reajuste planteado.
Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.
ARTÍCULO OCTAVO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 336-2005 OCP del 23 de setiembre del 2005, mediante el cual somete para la respectiva aprobación, el “Guión interno para uso del TSE” relacionado con la sesión solemne para la convocatoria a elecciones populares que se realizará el próximo sábado 1º de octubre.
Se dispone: Aprobar.
ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Luis Diego Brenes Villalobos se conoce nota del 23 de setiembre del 2005, en el que rinde informe sobre su participación en las “Primeras Jornadas Iberoamericanas sobre formación de gestores electorales: experiencias comparadas en Iberoamérica y presentación del Proyecto BRIDGE”, realizadas del 12 al 16 de setiembre en el Centro de Formación de la Agencia de Cooperación Española (AECI) situado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el señor Brenes Villalobos.
ARTÍCULO DECIMO.- De los señores Silver Canales Gómez y Marielos Blanco Olsen, Secretario General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio # 126-2005 del 21 de setiembre del 2005, en el que comunican que la Junta Directiva de esa agrupación solicita extender por seis meses el permiso concedido alternativamente a las funcionarias Marielos Blanco Olsen e Ilenia Ortiz Ceciliano, para atender asuntos de importancia en el Sindicato, los jueves a partir de las 8 de la mañana y hasta el mediodía.
Se dispone: Aprobar la extensión del permiso conforme se gestiona.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- De la señora Diputada Martha Zamora Castillo, Jefa de Fracción del Partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente a oficio Nº PAC-JF-779-05 del 13 de setiembre del 2005, recibido el pasado 20, mediante el cual, por las razones que expone, solicita información relacionada con la propaganda político-electoral de los partidos políticos.
Se dispone: Hacerle ver a la estimable señora Diputada que, de acuerdo con la legislación electoral, el pago de la contribución estatal a que tenga derecho un partido político supone la previa comprobación del gasto ante el Tribunal Supremo de Elecciones. El Tribunal, por medio de la Contraloría General de la República, verifica que el gasto sometido a cobro se encuentre dentro de la naturaleza justificable (en los términos del artículo 177 del Código Electoral y el reglamento que sobre la materia emitió en su momento el Tribunal) y que se demuestre como efectivamente causado; esto último según las condiciones y procedimientos contemplados en el mismo Código y en el reglamento que emitió la Contraloría General de la República, con fundamento en lo estipulado en el numeral 176 del Código Electoral. Es precisamente el reglamento dictado por el órgano contralor, como dependencia estatal que cuenta con la pericia técnica necesaria para su formulación, el que contiene reglas precisas para evitar -hasta donde es razonablemente posible- las patologías que preocupan a la señora Diputada. Conciente de su responsabilidad y de la necesidad de adecuar dicha reglamentación a las necesidades y problemas del momento, la propia Contraloría revisa periódicamente sus términos y acostumbra, de cara a los diferentes procesos electorales, ofrecer capacitación a las diversas agrupaciones políticas. Es en ese proceso de revisión que los diversos actores de nuestra democracia electoral podemos coadyuvar ofreciendo las ideas y aportes que juzguemos convenientes; contribuciones que, sin lugar a dudas, resultarían bien recibidas por el órgano contralor.
Ahora bien, en lo que respecta al compromiso que asumen los medios de comunicación de ofrecer igualdad de trato en la difusión de propaganda electoral, lo que le corresponde a este Tribunal, como juez electoral, es conocer cualquier denuncia que al respecto se presente y, de comprobarse los cargos respectivos, desinscribir a la empresa transgresora, con las graves consecuencias que ello comporta.
Póngase en conocimiento de la señora Contralora General de la República.
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Martín Zúñiga M., Gerente General de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, entidad pública de carácter no estatal, se conoce fax correspondiente a oficio Nº GG-494-05 del 16 de setiembre del 2005, recibido el pasado 23, en el que requiere el criterio de este Tribunal sobre los aspectos que señala, relacionado con la campaña de información y divulgación que indica.
Se dispone: Túrnese al señor Magistrado que corresponda.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Melba Ugalde Víquez, Presidenta del Comité Ejecutivo Cantonal de Heredia, aparentemente del Partido Liberación Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 20 de setiembre del 2005, quien por las razones que expone, solicita que a la mayor brevedad posible se asignen las escuelas Joaquín Lizano, Braulio Morales y Cleto González Víquez, como centros de votación y se distribuya el Padrón Electoral por apellidos.
Se dispone: Se le informa a la gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por los partidos políticos deberá ser planteada por sus representantes, según el registro de personerías que lleva el Registro Civil.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Esli Antonio Vega Alvarado, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Acción Democrática Alajuelense, se conoce fax correspondiente a oficio Nº PADA-026-05 del 22 de setiembre del 2005, quien por las razones que expone, solicita permiso a este Tribunal, para que la Asamblea Provincial convocada para el domingo 25 de setiembre, proceda a hacer los nombramientos de los candidatos a regidores de los cantones en que por razones de situación especial de los delegados de las respectivas asambleas no asistieron y no se alcanzaron el quórum necesario, las cuales detalla. Lo mismo plantea en cuanto a la Asamblea Cantonal de Atenas programada para el 23 de setiembre.
Se dispone: Archivar por falta de interés actual.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Del señor Gerardo Medina Angulo, Secretario del Comité Ejecutivo Superior del Partido Unión Nacional, se conoce oficio Nº SEC 13-09 del 22 de setiembre del 2005, en el que manifiesta que se proceda a desconvocar las Asambleas Cantonales de Oreamuno y Central, San José, que programadas para el domingo 25 de setiembre.
Se dispone: Archivar por falta de interés actual.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO.- Del señor Rafael Rolando Coto Vargas se conoce fax correspondiente a copia de nota del 21 de setiembre del 2005, dirigida al señor José Merino del Río, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Frente Amplio, mediante la cual presenta su renuncia a dicha agrupación política y a los puestos que fue elegido, por las razones que expone.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil.
ARTÍCULO DECIMOSETIMO.- Del señor Juan Carlos Vega Montoya, Presidente del Tribunal Interno del Partido Unión Nacional, se conoce oficio sin número del 22 de setiembre del 2005, mediante el cual solicita se emita criterio según documento que adjunta. Además agrega fotocopia del Reglamento de Elección para Diputados y los Estatutos.
Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, de 31 de agosto de 1999, artículo segundo, inciso l), en toda petición de interpretación auténtica, en la inteligencia del artículo 19 inciso c) del Código Electoral, deberá adicionarse a la misma el acuerdo correspondiente, adoptado por el Comité Ejecutivo Superior del partido político, respaldando la respectiva solicitud.
ARTÍCULO DECIMOCTAVO.- Del señor Oscar Núñez Calvo, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº SGPLN-222 del 23 de setiembre del 2005, mediante el cual transcribe el acuerdo tomado por el Comité Ejecutivo Superior de esa agrupación política en la sesión Nº 33-05, celebrada el 22 de setiembre del 2005, según el cual se solicita autorización para el uso transitorio vía excepción, durante el período que detallan, del procedimiento aprobado por dicho Comité, en vista de la necesidad de mantener la operación administrativa del Partido y con el fin de poder liquidar los gastos mediante la deuda política 2002-2006.
Se dispone: Túrnese al señor Magistrado que corresponda.
ARTÍCULO DECIMONOVENO.- Del señor Adrián Madrigal Cerdas, quien manifiesta ser apoderado general de la sociedad Multinegocios Internacionales América Sociedad Anónima, se conoce memorial del 26 de setiembre del 2005, mediante el cual plantea reclamo administrativo por pago de facturas.
Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona jurídica deberá ser autenticada o presentada por el firmante. Además, deberá formularla el personero con poder suficiente de la entidad, a la cual se adjuntará la certificación que lo acredite como tal.
A las quince horas terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Juan Antonio Casafont Odor |
Ovelio Rodríguez Chaverri |
Zetty Bou Valverde |