Abstract:
El artículo analiza la normativa que origina el voto en el extranjero y la obligatoriedad legal que existe por parte de los cuerpos consulares de fungir como auxiliares electorales en las juntas receptoras de votos. Seguidamente, debate sobre la necesidad de contar con personal del TSE como auxiliares en el extranjero, además de los funcionarios diplomáticos, y finaliza sugiriendo una de las causas del alto porcentaje del abstencionismo en el Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.