Politicas

Gobierno tendrá prohibido difundir mensajes que exalten sus atributos o logros e incluir la imagen de sus jerarcas durante el proceso electoral

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dc.date.accessioned 2025-10-10T21:24:42Z
dc.date.available 2025-10-10T21:24:42Z
dc.date.issued 2025-06-20
dc.identifier.uri http://localhost:8080/xmlui/handle/123456789/17664
dc.description.abstract En resolución n° 4190-E8-2025, del 20 de junio, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) adecuó su interpretación del artículo 142 del Código Electoral a dos pronunciamientos recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con lo cual se prohíbe que las instituciones del Poder Ejecutivo, de la administración descentralizada y de las empresas del Estado, las alcaldías y los concejos municipales, difundan, a partir del día siguiente de la convocatoria a elecciones nacionales y hasta el propio día de las elecciones, información o mensajes que exalten atributos o logros de la respectiva institución o incluyan la imagen de sus jerarcas. Esa restricción aplica a espacios en medios de comunicación tradicionales, medios de comunicación digitales y plataformas digitales institucionales, medie pago o no. en_US
dc.language.iso es en_US
dc.subject PROHIBICIÓN en_US
dc.subject PUBLICIDAD en_US
dc.subject PROCESO ELECTORAL en_US
dc.title Gobierno tendrá prohibido difundir mensajes que exalten sus atributos o logros e incluir la imagen de sus jerarcas durante el proceso electoral en_US
dc.title.alternative TSE adecúa su criterio a pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en_US


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