Abstract:
El artículo procura demostrar que la posible aprobación de una ley que convoque a una Asamblea Constituyente por vía de referendo resultaría contraria a los principios de rigidez constitucional y supremacía de la Constitución, los cuales procuró resguardar el constituyente para la preservación del orden constitucional. Para esto, el autor realiza un análisis de las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Sala Constitucional, así como de la doctrina relativa al tema.