Abstract:
Esta recensión se enfoca en la resolución n.° 6590-E8-2022 del 16 de setiembre de 2022, por medio de la cual el Tribunal Supremo de Elecciones, acudiendo a su competencia constitucional de interpretar la normativa electoral, estableció que era permitido que los partidos políticos pudieran contratar actividades de capacitación con instituciones del Estado, sin que para ello se tuviera que cancelar previamente el servicio. En el análisis de la resolución se pone especial énfasis en el papel de los partidos políticos, las reservas y su importancia y, fundamentalmente, en el instrumento para acceder a este tipo de contratación, así como sus reglas.