Abstract:
Analiza el control de constitucionalidad de las reformas aprobadas a través del mecanismo de la democracia directa, pues la revisión judicial de estas enmiendas supone un elevado nivel de complejidad para el juez constitucional. Por otra parte, efectúa una construcción para demostrar que el pueblo también está sujeto a las formalidades que la Constitución prescribe para su reforma, lo que impide que éste flexibilice el trámite de ese procedimiento agravado. Por último pretende comprobar que en Costa Rica es perfectamente posible que la Sala Constitucional y el Tribunal Supremo de Elecciones ejerzan las labores de control de constitucional, las cuales, en el caso de la primera, pueden efectuarse incluso posteriori, por lo que se evalúan las tareas que podría ejecutar cada uno de esos órganos.