Politicas

Derecho a la libre asociación. Obligación de los partidos políticos de estimular el derecho de libertad de agrupación.

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dc.date.accessioned 2020-03-17T18:25:48Z
dc.date.available 2020-03-17T18:25:48Z
dc.date.issued 2000-07-14
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4101
dc.description.abstract Es importante tomar en consideración que toda interpretación en materia electoral, debe estar precedida de una obligada referencia constitucional a dos principios fundamentales. Por una parte, el concepto de libre agrupación en partidos políticos como una especie del género del derecho a la libre asociación y, por otra, el concepto de democracia. Esto es así por cuanto el artículo 98 constitucional da a las agrupaciones políticas libertad en su creación y en el ejercicio de sus actividades, pero advirtiendo que su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Libertad de asociación es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Principio de libertad de asociación es_ES
dc.subject Democracia es_ES
dc.subject Derechos políticos es_ES
dc.title Derecho a la libre asociación. Obligación de los partidos políticos de estimular el derecho de libertad de agrupación. es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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