Abstract:
El artículo 14 del Código Electoral regula los impedimentos, para integrar cualquiera de los organismos electorales, los cuales están previstos para los Magistrados del TSE, cuando alguno de los parientes allí contemplados se postule a un cargo, respecto del cual deba pronunciarse, por ello, es inaplicable la norma al delegado del Tribunal de Elecciones Internas de un partido político, porque no le corresponde “la declaratoria de elección”