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En concreto, no existe impedimento alguno para que los partidos políticos lleven a cabo sus asambleas en escuelas, salones municipales o cualquier otra instalación pública, siempre y cuando tengan autorización de la autoridad competente y sigan los procedimientos preestablecidos para tales efectos. Ahora bien, las Administraciones Públicas deben tener presente que la utilización, por parte de los partidos, de establecimientos estatales y municipales no ha de ser de carácter proselitista y debe tener lugar dentro de las más amplias condiciones de igualdad, es decir, de modo no discriminatorio para alguna agrupación en particular |
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