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La medida adoptada por el Tribunal de Elecciones Internas (TE) de utilizar papeletas fotocopiadas o aquéllas confeccionadas manualmente, como documentos válidos para sufragar, en los centros de votación en que se hubieran agotado las papeletas, acuerdo en principio amparado en una norma reglamentaria, resulta contrario a los principios democráticos, por constituirse las papeletas de votación en el insumo más importante de un proceso eleccionario, pues en ellas se materializa la voluntad del elector, escogiendo al candidato de su preferencia. El TE debe conocer de antemano la cantidad exacta de ciudadanos inscritos en cada región, por consiguiente hacer la estimación del caso, a efecto de confeccionar y enviar material suficiente a cada centro de votación, para satisfacer y garantizar el sufragio activo de todos los simpatizantes del Partido, de manera que no es posible la adopción de una medida que pueda poner en riesgo la pureza y el desarrollo normal del proceso |
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