Politicas

Discursos o sermones religiosos no deben amenazar libertad del sufragio activo y pasivo

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dc.date.accessioned 2020-04-20T22:03:32Z
dc.date.available 2020-04-20T22:03:32Z
dc.date.issued 2010-05-03
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4708
dc.description.abstract Si bien el Derecho Canónico, como lo advierte el Obispo Ulloa, le manda a “predicar” y el derecho constitucional le permite “examinar la conducta pública de los funcionarios”, lo que no cuestiona este Tribunal, es lo cierto que la actuación del recurrido, al haber direccionado parte de su sermón a instruir o “persuadir” a su grey a “no votar” en determinado sentido, o por algunos candidatos, sobrepasa tales facultades y se constituye en una amenaza grave a la libertad del sufragio, en su dimensión activa para aquellos electores que profesan la fe católica, quienes de manera presencial o diferida, gracias a la difusión mediática que se dio a la homilía, recibieron la instrucción clara y precisa de su Pastor. Pero también constituye una amenaza al sufragio pasivo, en relación a aquellos candidatos contra los que se dirige el sermón, y la instrucción precisa de no emitir votos en su favor es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Derecho al sufragio es_ES
dc.subject Religión es_ES
dc.subject Recurso de amparo electoral es_ES
dc.title Discursos o sermones religiosos no deben amenazar libertad del sufragio activo y pasivo es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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