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En la democracia representativa como la costarricense, la práctica de acudir a las urnas electorales para elegir a nuestros gobernantes es un hecho insoslayable de la más alta trascendencia jurídica y cívica; de ahí el valor ético y patriótico que nuestro constituyente le otorgo al instituto del sufragio. Así como el sufragio es una función primordial y obligatoria, la cual se ejerce únicamente ante las Juntas Receptoras de Votos, igualmente lo es, el ser miembro de dicho organismo electoral que facilita o permite a los ciudadanos ejercer el sagrado derecho al voto |
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