Abstract:
Es menester un actuar riguroso, serio y formal por parte del Concejo Municipal, que en defensa de los intereses municipales, garantice que esa corporación municipal no quede acéfala, pero que a la vez, de no existir una oportuna y correcta designación por parte del Alcalde Propietario para decidir discrecionalmente quien ejerce su suplencia, el Concejo debe respetar y garantizar el derecho de los Alcaldes Suplentes a ser llamados por su orden de elección para un eventual ejercicio de la Alcaldía en forma interina