Politicas

Prohibición a empresas del Estado y administración descentralizada pautar publicidad. Declaración interpretativa del artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Excepciones a la prohibición

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dc.date.accessioned 2020-04-28T17:32:57Z
dc.date.available 2020-04-28T17:32:57Z
dc.date.issued 2009-07-02
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5180
dc.description.abstract Declaración interpretativa: la prohibición que tienen el Poder Ejecutivo, la administración descentralizada y las empresas del Estado de pautar publicidad a partir de la convocatoria y hasta el día de las elecciones, prevista en el inciso j) del artículo 85 del Código Electoral, impide la divulgación de publicidad sobre obras y proyectos del gobierno de turno –gestión pasada, presente y futura-. Queda impedida, en ese sentido, la difusión de mensajes que destaquen la capacidad de acción de las instituciones indicadas así como mejoras, innovaciones, virtudes o ventajas cualitativas o cuantitativas en la prestación de los servicios que procuran es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Publicidad es_ES
dc.subject Instituciones públicas del estado es_ES
dc.title Prohibición a empresas del Estado y administración descentralizada pautar publicidad. Declaración interpretativa del artículo 85 inciso j) del Código Electoral. Excepciones a la prohibición es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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