Politicas

Prohibición de participar en procesos de referéndum a los miembros de fuerzas policiales

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dc.date.accessioned 2020-05-05T18:47:00Z
dc.date.available 2020-05-05T18:47:00Z
dc.date.issued 2007-05-17
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5468
dc.description.abstract Para los miembros de los distintos cuerpos policíacos existe una situación excepcional, en el proceso consultivo de referéndum, que marca el numeral 12 de la Constitución Política Los miembros de las fuerzas de policía tienen impedimento absoluto para participar en el proceso de referéndum, salvo la emisión del voto. El alcance de esta prohibición evidencia una limitación total de los miembros de las fuerzas de policía quienes tienen, como función, mantener el orden y la tranquilidad de la Nación y únicamente pueden emitir el sufragio el día de la celebración del referéndum, aclarándose que esa proscripción no alcanza a los servidores que cumplen funciones estrictamente administrativas y no policiales o de seguridad pública es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Organización electoral es_ES
dc.subject Referéndum es_ES
dc.subject Voto es_ES
dc.subject Prohibición es_ES
dc.subject Fuerza pública es_ES
dc.title Prohibición de participar en procesos de referéndum a los miembros de fuerzas policiales es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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