Politicas

Convocatoria y celebración conjunta de elecciones municipales

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-05-05T21:33:11Z
dc.date.available 2020-05-05T21:33:11Z
dc.date.issued 2008-02-08
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5501
dc.description.abstract Las últimas reformas sufridas por el Código Municipal, en lo referente a la fecha de elección de los funcionarios municipales, implícitamente han modificado de manera parcial los artículos 97 y 98 del Código Electoral en tanto que, en lo sucesivo, las elecciones municipales se deberán realizar en forma conjunta y serán convocadas el 1° de octubre inmediato a la fecha en que hayan de celebrarse. La Ley número 8611 y la integración normativa expuesta en los considerandos precedentes implica que, a partir del año 2016, todas las elecciones municipales se concentrarán en una misma jornada electoral, dos años después de los comicios nacionales es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Organización electoral es_ES
dc.subject Organismos electorales es_ES
dc.subject Convocatoria a elecciones es_ES
dc.subject Elecciones municipales es_ES
dc.subject Funcionarios municipales es_ES
dc.title Convocatoria y celebración conjunta de elecciones municipales es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

Show simple item record

Search DSpace


Advanced Search

Browse

My Account