Politicas

Propaganda de los partidos políticos es controlada, como regla de principio, a partir de convocatoria a elecciones. TSE no controla contenido de mensajes políticos, por inconstitucionalidad de censura previa

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dc.date.accessioned 2020-05-05T21:48:51Z
dc.date.available 2020-05-05T21:48:51Z
dc.date.issued 2013-07-23
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5502
dc.description.abstract El control de la emisión de mensajes políticos por parte de este Tribunal está, como regla de principio, circunscrito a la propaganda de los partidos políticos, emitida dentro del período de campaña –sea a partir de la convocatoria a elecciones– (artículo 136 del Código Electoral) y sin que suponga un control de su contenido, a la luz de la jurisprudencia constitucional. En efecto, por sentencia n.° 1750-1997 de las 15:00 horas del 21 de marzo de 1997, la Sala Constitucional puntualizó: “De ahí que en materia de propaganda electoral se lesione el contenido esencial de ese derecho [referido a la libertad de expresión] si se admite que autoridades públicas o personas privadas se impongan del contenido de las informaciones u opiniones con el objeto de establecerles condiciones o restricciones que las limiten preventivamente, es decir, que condicionen su elaboración y posible difusión al resultado de un previo examen de su contenido, porque tratándose sobre todo de su ejercicio por parte de los partidos políticos se establece una restricción que, con quebranto del principio de razonabildiad [sic], afecta, singularmente, su espacio legítimo de libertad de acción e impide una auténtica comunicación entre quienes plantean las opciones políticas y quienes las reciben, dada la distorsión que inevitablemente sufre el mensaje o la información que se pretende expresar. Si se admitiera la censura previa en materia de propaganda electoral se estaría, entre otras cosas, impidiendo y obstaculizando un requerimiento esencial del sistema democrático que aspira a un auténtico y libre ejercicio de los derechos de participación política” es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Organización electoral es_ES
dc.subject Organismos electorales es_ES
dc.subject Administración electoral es_ES
dc.subject Propaganda electoral es_ES
dc.subject Campaña política es_ES
dc.subject Publicidad es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.title Propaganda de los partidos políticos es controlada, como regla de principio, a partir de convocatoria a elecciones. TSE no controla contenido de mensajes políticos, por inconstitucionalidad de censura previa es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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