Politicas

Fiscalización partidaria. Responsabilidad de los partidos políticos

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dc.date.accessioned 2020-05-11T21:35:05Z
dc.date.available 2020-05-11T21:35:05Z
dc.date.issued 2002-12-10
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5733
dc.description.abstract En nuestro ordenamiento electoral las Juntas Receptoras de Votos están constituidas, exclusivamente, por representantes de los partidos políticos, quienes adicionalmente pueden acreditar fiscales específicos ante las mismas. Es por ello que, en esta fase del proceso electoral, en que no existe presencia continua o permanente de funcionarios electorales, la fiscalización partidaria asume particular importancia para asegurar la transparencia y validez del proceso, depositando de este modo la ley en las propias agrupaciones partidarias la grave responsabilidad de asegurar la correcta expresión de la voluntad popular es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Elecciones es_ES
dc.subject Organización electoral es_ES
dc.subject Fiscalización es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Transparencia es_ES
dc.subject Junta receptora de votos es_ES
dc.title Fiscalización partidaria. Responsabilidad de los partidos políticos es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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