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La línea divisoria, claramente delimitada por nuestros constituyentes en el artículo 28, no debe ser traspasada, ya que forma parte del conjunto de frenos y contrapesos diseñado en resguardo de la libertad del sufragio, valor fundamental de nuestro sistema democrático.
En nuestra sociedad pluralista, todos sus integrantes pueden emitir libremente sus opiniones y postulados, siempre que “no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a terceros” y, en el caso de manifestaciones que constituyan propaganda política, no invoquen “motivos de religión” o se valgan al hacerlo, “como medio, de creencias religiosas”. En cuanto a esta última prohibición, se dice expresamente que afecta tanto a “clérigos como seglares” |
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