Abstract:
No corresponde al TSE conocer, a través de la vía de amparo, denuncias por utilización de fondos públicos, en concreto, fondos de la Asamblea Legislativa, a favor de una de las tendencias de un partido político. Este tipo de denuncias deberán presentarse más bien ante las instancias parlamentarias, administrativas y penales que correspondan. Tampoco corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones, sino al propio recurrente, solicitar a las autoridades del Partido el informe financiero con el resultado de los gastos de la pasada campaña electoral como lo ordenan el Estatuto respectivo y el Código Electoral