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Partiendo del carácter voluntario de la relación de servicio que vincula al funcionario público con el Estado y sus instituciones, se tiene que el ejercicio del cargo de Vicepresidente de la República es renunciable, debiéndose considerar que la renuncia a dicho cargo es inherente a la libertad, por lo que constituye un acto unilateral, de suerte tal que no requiere aceptación alguna para que surta efectos jurídicos. Por ello, al haberse acreditado que la señora Laura Chinchilla Miranda, en su condición de Primera Vicepresidenta de la República, renunció voluntariamente a su cargo y que la renuncia fue conocida por el Plenario de la Asamblea Legislativa, lo procedente es cancelar la credencial respectiva |
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