Politicas

Renuncia y sustitución de concejales de distrito y concejales municipales de distrito. Reglas para llenar vacante de suplente

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-05-28T21:50:32Z
dc.date.available 2020-05-28T21:50:32Z
dc.date.issued 2009-11-20
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/6593
dc.description.abstract El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales de distrito (…). Por su parte, el artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales municipales de distrito (…) Ante la renuncia (…) a su cargo de concejal suplente, lo procedente es cancelar su credencial y designar a quien corresponda, según lo disponen las normas transcritas y con base en la aplicación analógica de lo dispuesto en el artículo 25 inciso d) del Código Municipal, que establece que el número de regidores suplentes debe completarse escogiendo, entre los candidatos a regidores suplentes que no resulten electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la elección es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Justicia electoral es_ES
dc.subject Credenciales municipales es_ES
dc.subject Cancelación de credenciales es_ES
dc.subject Funcionarios municipales es_ES
dc.subject Sustitución del titular es_ES
dc.title Renuncia y sustitución de concejales de distrito y concejales municipales de distrito. Reglas para llenar vacante de suplente es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

Show simple item record

Search DSpace


Advanced Search

Browse

My Account