Politicas

Neutralidad de aparato administrativo que sirve de soporte a labores de Concejo Municipal. Inadmisibilidad que personal subalterno de presidencia del Concejo asuma activamente filiación político partidista

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dc.date.accessioned 2020-06-04T19:52:46Z
dc.date.available 2020-06-04T19:52:46Z
dc.date.issued 2012-01-21
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/6918
dc.description.abstract En efecto, los ediles ostentan un vínculo obvio respecto de los diversos partidos políticos que los nominaron; empero, tal rasgo no alcanza a permear al órgano colegiado como tal. De esa suerte, el aparato administrativo que sirve de soporte para asegurar las labores del Concejo, como lo es la secretaría, no sólo por mandato legal debe asegurar la neutralidad del órgano, sino también el respeto al pluripartidismo que informa la integración misma. No resulta admisible que, en virtud de la tendencia partidaria de la presidencia del Concejo, el personal subalterno asuma activamente, durante su jornada o en sus horas de descanso, utilizando el correo electrónico institucional, una filiación político partidista tal que atente contra la igualdad entre los regidores de las diversas fracciones es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Justicia electoral es_ES
dc.subject Participación política es_ES
dc.subject Parcialidad política es_ES
dc.subject Beligerancia política es_ES
dc.subject Funcionarios públicos es_ES
dc.title Neutralidad de aparato administrativo que sirve de soporte a labores de Concejo Municipal. Inadmisibilidad que personal subalterno de presidencia del Concejo asuma activamente filiación político partidista es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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