Politicas

Derecho de participación política no se lesiona al establecer cantidad de ciudadanos que deben concurrir para constituir partido

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dc.date.accessioned 2020-06-08T20:50:15Z
dc.date.available 2020-06-08T20:50:15Z
dc.date.issued 2012-03-14
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7066
dc.description.abstract Sobre el particular cabe advertir que este Tribunal no considera, en modo alguno, que el número de ciudadanos que deben concurrir para constituir una agrupación partidaria, lesione el derecho de participación política a que alude el recurrente es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Inscripción de partidos políticos es_ES
dc.subject Participación política es_ES
dc.subject Jurisprudencia es_ES
dc.title Derecho de participación política no se lesiona al establecer cantidad de ciudadanos que deben concurrir para constituir partido es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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