Politicas

Asambleas distritales deben realizarse en el respectivo distrito

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dc.date.accessioned 2020-06-16T22:32:00Z
dc.date.available 2020-06-16T22:32:00Z
dc.date.issued 2008-05-23
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7414
dc.description.abstract Las asambleas distritales atienden a un carácter representativo según el cual el delegado tiene la responsabilidad, en forma personal, de representar los intereses de sus electores y, bajo esa premisa, de participar activamente en la asamblea respectiva, tomando las decisiones que estime oportunas y convenientes Ese carácter representativo no se encuentra presente en las asambleas distritales, pues sus miembros no responden a un mandato, sino que participan de forma directa y en atención a sus propios intereses. En este sentido, existe una clara diferencia entre las asambleas de distrito y las demás pues las primeras, al no contar con un número definido de integrantes como en las restantes, pueden sesionar válidamente con la presencia de al menos tres electores del distrito, en tanto su integración se obtiene con los electores del respectivo distrito afiliados al partido político es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Asamblea distrital es_ES
dc.subject Estructura del partido político es_ES
dc.subject Participación política es_ES
dc.subject Jurisprudencia electoral es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.title Asambleas distritales deben realizarse en el respectivo distrito es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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