Politicas

Posibilidad de partido político de recaudar aportes mediante mensajería de texto

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dc.date.accessioned 2020-06-30T22:15:19Z
dc.date.available 2020-06-30T22:15:19Z
dc.date.issued 2013-03-12
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7523
dc.description.abstract En el tanto exista la posibilidad de cumplir a cabalidad los requisitos exigidos en los artículos 122, 123, 132, 133 y 135 del Código Electoral y no se infrinjan las prohibiciones contenidas en los numerales 125, 126, 128 y 129 del mismo cuerpo normativo, los partidos políticos pueden recaudar contribuciones, donaciones o aportes a través de los mecanismos lícitos que estimen necesarios y convenientes, lo cual incluye la utilización del servicio de mensajería de texto o servicio SMS para este fin. Sin embargo, de previo a poder recibir tales aportes, el partido político deberá reglamentar lo respectivo, de forma tal que se garanticen los principios de publicidad y transparencia, tal y como lo ordena el artículo 123 párrafo 3.° del Código Elector es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Financiamiento del partido político es_ES
dc.subject Donación privada es_ES
dc.subject Organización del partido político es_ES
dc.subject Contribuciones privadas es_ES
dc.subject Fiscalización es_ES
dc.title Posibilidad de partido político de recaudar aportes mediante mensajería de texto es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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