Politicas

Principio de publicidad del financiamiento privado. Nóminas de contribuyentes tienen carácter de documento público

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dc.date.accessioned 2020-07-02T04:37:28Z
dc.date.available 2020-07-02T04:37:28Z
dc.date.issued 2002-03-20
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7527
dc.description.abstract El financiamiento privado debe sujetarse a ciertos principios, entre ellos el de publicidad (artículo 96 inciso 4) de la Constitución Política), de manera que el pueblo en general pueda conocer quiénes financian a los partidos políticos, el monto del aporte y demás aspectos de dichas contribuciones. Así, tanto las nóminas de contribuyentes presentadas por los partidos políticos al TSE, como las nóminas que internamente manejan los partidos políticos tiene el carácter de documento público, garantizándose su libre acceso de conformidad con el artículo 30 Constitucional, ya que los partidos políticos por su naturaleza jurídica -entes de derecho público- se encuentran sometidos al mismo principio constitucional. De modo que dichas nóminas deben ponerse al alcance de la población en general es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Financiamiento del partido político es_ES
dc.subject Fiscalización es_ES
dc.subject Donación privada es_ES
dc.subject Contribuciones privadas es_ES
dc.subject Publicidad es_ES
dc.subject Miembros de partidos políticos es_ES
dc.subject Información de interés público es_ES
dc.title Principio de publicidad del financiamiento privado. Nóminas de contribuyentes tienen carácter de documento público es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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