Abstract:
Los egresos en que incurra un partido político por el pago de cursos especializados para actualizar a los empleados de la agrupación, en las funciones que desempeñan dentro de la estructura del partido son, por su naturaleza, de orden administrativo, propios de los gastos de organización, por lo que no son susceptibles de liquidación contra la reserva de capacitación. Tampoco es factible liquidar contra esa misma reserva los costos provenientes del pago de los salarios correspondientes a los funcionarios que se dedican exclusivamente a trabajar la logística de las capacitaciones en una agrupación política, en virtud de que los costos de la planilla son, por su naturaleza, de orden administrativo, en los términos dispuestos en el numeral 90-0100 del Manual de Cuentas del Reglamento de Financiamiento de Partidos Políticos