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Existen situaciones límite en donde la discapacidad que sufren determinadas personas es de tal profundidad, que resulta imposible que éstas puedan comunicar su deseo de votar ni mucho menos expresar una particular inclinación electoral. Igual acontece con determinados estados patológicos (v. gr., sujetos en estado de coma). Bajo tales circunstancias, aún y cuando afecten a personas respecto de las cuales no haya sido declarada judicialmente su interdicción, existe una imposibilidad material que obstaculiza de modo absoluto el ejercicio del sufragio, la cual debe respetarse porque, de lo contrario, se toleraría una suplantación electoral |
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