Politicas

Corresponde a TSE cancelar credencial y nombrar en cargo a quien ocupe vicealcaldía primera

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dc.date.accessioned 2020-08-03T20:04:10Z
dc.date.available 2020-08-03T20:04:10Z
dc.date.issued 2012-12-17
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8216
dc.description.abstract Importa resaltar que en el caso de las ausencias definitivas, la sustitución comporta -para el alcalde propietario que ostenta el cargo- la cancelación de sus credenciales y la inmediata cesación de su ejercicio, de modo tal que la aplicación de tal medida debe obedecer a motivos expresamente formulados por la ley y debe estar precedida del procedimiento dispuesto para tal fin en los artículos 253 y siguientes del Código Electoral, cuyo trámite es resorte exclusivo de la Jurisdicción Electoral que ejerce este Tribunal, único órgano con potestad para suprimir la credencial respectiva y nombrar, en su lugar, al vicealcalde primero es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Municipalidad es_ES
dc.subject Alcalde es_ES
dc.subject Sustitución del titular es_ES
dc.subject Cancelación de credenciales es_ES
dc.title Corresponde a TSE cancelar credencial y nombrar en cargo a quien ocupe vicealcaldía primera es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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