Politicas

Imposibilidad material de sustituir concejal suplente. Inexistencia de otros candidatos por partido político

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-08-06T18:48:58Z
dc.date.available 2020-08-06T18:48:58Z
dc.date.issued 2011-05-20
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8248
dc.description.abstract En virtud de la anterior designación se ha tenido por acreditado en el expediente que, de la nómina del Partido Acción Ciudadana, propuesta para concejales suplentes del Concejo de Distrito Carmen, ya se han designado para ocupar plazas a todos los candidatos a concejales suplentes y propietarios que no habían sido electos. En consecuencia, la designación de la señora Maria Teresa Valenzuela Hernández c.c. Marité Valenzuela Hernández como concejal propietaria provoca una vacante, entre los concejales suplentes, que no puede ser suplida según lo regula el artículo 25 del Código Municipal, toda vez que existe una imposibilidad material de sustitución, por no haber otros candidatos de ese mismo partido político para dicho cargo es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Régimen municipal es_ES
dc.subject Cargos de elección popular es_ES
dc.subject Sustitución del titular es_ES
dc.title Imposibilidad material de sustituir concejal suplente. Inexistencia de otros candidatos por partido político es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

Show simple item record

Search DSpace


Advanced Search

Browse

My Account