Politicas

Alcaldes suplentes solo tienen labores de sustitución

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dc.date.accessioned 2020-08-06T19:18:16Z
dc.date.available 2020-08-06T19:18:16Z
dc.date.issued 2002-11-12
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8250
dc.description.abstract Dada la inexistencia de disposición legal alguna que imponga y delimite “otras funciones” que menciona el artículo 14 del Código Municipal, los alcaldes suplentes no tienen ninguna otra labor que la de sustitución, pues en virtud del principio de legalidad, resulta claro que los funcionarios públicos –incluidos los alcaldes suplentes- no pueden desempeñar labores y asumir responsabilidades que la ley no les impone expresamente. En consecuencia los alcaldes suplentes no ostentan las atribuciones del alcalde propietario, salvo cuando lo sustituyen, pues lo contrario sería crear por vía legal un problema de duplicidad, dado que sería posible que un alcalde suplente ejerciera simultáneamente funciones con el titular y en ese caso ya no se estaría en presencia de un alcalde suplente, sino de un “vicealcalde”, situación no orientada ni perseguida por la ley es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Régimen municipal es_ES
dc.subject Municipalidad es_ES
dc.subject Alcalde es_ES
dc.subject Vicealcaldes es_ES
dc.subject Jurisprudencia es_ES
dc.title Alcaldes suplentes solo tienen labores de sustitución es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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