Abstract:
A la luz de esta disposición y en concordancia con el artículo 3 de la Ley General de los Concejos Municipales de Distrito, que establece que “toda la normativa referente a las municipalidades será aplicable a los concejos municipales de distrito y a sus concejales e intendentes”, resulta claro que el legislador vino a establecer un paralelismo entre los regidores municipales y los miembros de los Concejos Municipales de Distrito, el cual se hace evidente tomando en cuenta la analogía que, en materia de deberes y atribuciones, se instaura entre ambos funcionarios municipales