Politicas

Imposibilidad de reformar sistema político costarricense por vía jurisprudencial. Libertad del diputado en cuanto a actos y decisiones

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dc.date.accessioned 2020-08-11T18:38:37Z
dc.date.available 2020-08-11T18:38:37Z
dc.date.issued 2003-08-20
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8274
dc.description.abstract Como premisa fundamental de la cual se debe partir para resolver el reclamo que aquí se plantea, es que en Costa Rica la representación política adopta la forma de “mandato representativo” y no de “mandato imperativo”. Esto es, el conjunto de diputados representa a la nación; los representantes no están ligados por un mandato preciso recibido de sus electores ni del partido que los agrupa, puesto que los verdaderos mandantes no son éstos, sino la nación. Ésta, al ser un ser colectivo incapaz de expresarse, no puede dar instrucciones a sus representantes; solamente les da el mandato de representarla, es decir, de expresarla. Así, los diputados son libres en cuanto a sus actos y a sus decisiones, que son la expresión de la nación es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Tribunales electorales es_ES
dc.subject Sistema político es_ES
dc.subject Jurisprudencia es_ES
dc.subject Diputados es_ES
dc.subject Representación política es_ES
dc.title Imposibilidad de reformar sistema político costarricense por vía jurisprudencial. Libertad del diputado en cuanto a actos y decisiones es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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