Politicas

Principio de seguridad jurídica se concreta al fijar lista de electores que podrán emitir voto para designar integrantes de órgano partidario

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dc.date.accessioned 2020-03-25T20:31:09Z
dc.date.available 2020-03-25T20:31:09Z
dc.date.issued 2012-09-04
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4365
dc.description.abstract El cierre del padrón electoral tiene que entenderse como la fecha límite para incorporar o excluir ciudadanos de una lista de electores, de cara a una elección o asamblea específica. Esa imposibilidad para modificar el padrón durante un lapso determinado no implica, per se, una limitación arbitraria de los derechos político-electorales de aquellas personas que, aún cuando cumplen los requisitos para ser enlistados, no realizaron los trámites correspondientes para concretar su inclusión como electores o asambleístas es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Padrón electoral es_ES
dc.subject Garantías electorales es_ES
dc.subject Electores es_ES
dc.title Principio de seguridad jurídica se concreta al fijar lista de electores que podrán emitir voto para designar integrantes de órgano partidario es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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