Politicas

Prohibiciones para campaña electoral. Alcances de periodos de tregua electoral

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-05-11T17:01:05Z
dc.date.available 2020-05-11T17:01:05Z
dc.date.issued 2011-02-18
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5689
dc.description.abstract Según lo ha establecido en otras oportunidades la jurisprudencia de este Tribunal, la prohibición prevista en la normativa electoral (anterior artículo 85 y actual artículo 136 del Código Electoral) que impide difundir propaganda político-electoral en periodos de tregua electoral, en el lapso del 16 de diciembre al 1º de enero y en los tres días inmediatos anteriores al día de la elección, resulta aplicable única y exclusivamente a los espacios políticos pagados que se difunden en “medios de comunicación colectiva”; es decir, en prensa escrita, radio, televisión e internet. Como complemento de esta disposición, también este Tribunal ha puntualizado que durante dicho periodo lo que está prohibido es la realización, por parte de los partidos políticos, de plazas públicas, desfiles, manifestaciones y mitines, en zonas públicas; sin embargo, ha aclarado que actividades como el “volanteo” o “perifoneo”, entre otras, están permitidas en el periodo de tregua es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Campaña política es_ES
dc.subject Prohibición es_ES
dc.subject Tregua política es_ES
dc.subject Propaganda electoral es_ES
dc.subject Medios de comunicación es_ES
dc.title Prohibiciones para campaña electoral. Alcances de periodos de tregua electoral es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

Show simple item record

Search DSpace


Advanced Search

Browse

My Account