Abstract:
Al terminar el primer referéndum celebrado en Costa Rica, surgió la duda con respecto a la participación que deberían tener en este tipo de procesos los funcionarios pertenecientes al Poder Ejecutivo. Además, se originó la consideración de si a estos mismos funcionarios se les debe aplicar la prohibición que establece el Código Electoral; de igual forma que se hace durante los procesos de carácter electivo o bien si se les debe permitir su participación. El presente trabajo pretende analizar, a la luz de la doctrina y la normativa internacional con respecto al referéndum, las disposiciones que dictó el Tribunal Supremo de Elecciones respecto al tema