Abstract:
El destino particular que se le dé a un local es una decisión propia del partido político interesado ya que, en los términos del RAFLPP, independientemente de la naturaleza o actividades que se desarrollarán en el recinto, para todos los casos deberá cumplirse con los requisitos y observarse las restricciones que, en sentido genérico, se establecen en el Código Electoral y en el Decreto mencionado