Politicas

Fraude de ley en supuesto que bienes y servicios de sociedades mercantiles dados como beneficios a socios u otros se destinen a actividades político-partidistas

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dc.date.accessioned 2020-06-29T22:01:37Z
dc.date.available 2020-06-29T22:01:37Z
dc.date.issued 2012-12-12
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7512
dc.description.abstract En otras palabras, admitir la posibilidad de que bienes y servicios de sociedades mercantiles, dados como beneficios a sus socios u otras personas, puedan ser destinados a actividades político-partidistas, daría lugar a un fraude de ley ya que su resultado práctico es la inobservancia de una prohibición establecida en el propio ordenamiento jurídico: que los partidos políticos sean financiados por personas jurídicas. De esto queda a salvo lo dicho en el apartado b.4), tratándose del domicilio de una persona física inscrito a nombre de un sociedad mercantil es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Financiamiento del partido político es_ES
dc.subject Fiscalización es_ES
dc.subject Contribuciones privadas es_ES
dc.subject Donación privada es_ES
dc.subject Fraude es_ES
dc.title Fraude de ley en supuesto que bienes y servicios de sociedades mercantiles dados como beneficios a socios u otros se destinen a actividades político-partidistas es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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