Abstract:
Dentro del régimen de libertades propio del Estado Democrático de Derecho, toda persona física es libre de disponer de su salario para financiar al partido político de su preferencia; sin embargo, para hacerlo, debe sujetarse a las previsiones que establece el ordenamiento jurídico.
Independientemente de si la contribución es otorgada de forma genérica a la agrupación política o si, por el contrario, tiene un destino específico, el donante debe depositar la cantidad que estime conveniente en la cuenta o subcuenta partidaria respectiva, de manera que sea el tesorero del partido quien distribuya ese ingreso según haya sido la voluntad del contribuyente