Politicas

Inconstitucionalidad del financiamiento extranjero de los partidos políticos

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dc.date.accessioned 2020-07-02T05:35:18Z
dc.date.available 2020-07-02T05:35:18Z
dc.date.issued 2001-07-24
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7536
dc.description.abstract Es absolutamente inconstitucional cualquier forma de financiamiento extranjero. Sin embargo, mientras la norma no se declare inconstitucional, se debe entender que el límite cuantitativo a las contribuciones extranjeras para labores eminentemente de formación, capacitación e investigación de los partidos políticos es el mismo que se determina en el párrafo tercero del artículo 176 bis del Código Electoral, para los contribuyentes nacionales es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Financiamiento del partido político es_ES
dc.subject Donación privada es_ES
dc.subject Contribuciones privadas es_ES
dc.subject Jurisprudencia electoral es_ES
dc.title Inconstitucionalidad del financiamiento extranjero de los partidos políticos es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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